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- Estudio Práctico Sobre los Convenios Impositivos para Evitar la Doble Imposición 2015. Tomo I
Introducción
Autor | Herbert Bettinger Barrios - Herbert Bettinger Garcia Cornejo |
Páginas | 72-73 |
Page 72
Los sistemas fiscales territoriales y la complejidad internacional en las transacciones financieras y corporativas, han demostrado en los últimos años que no es posible mantenerse aislado de todo aquello que dentro del concepto de ingreso universal se genera y se deja de recaudar o controlar, por limitaciones en la aplicación de instrumentos legales propios.
La materia impositiva dotada del dinamismo que le caracteriza, debe contar con procedimientos que le permitan adaptarse a estos cambios continuos en beneficio de los objetivos que persigue tomando en consideración que debe adaptarse a las situaciones económicas, sociales y políticas que imperan en un entorno globalizado.
Este dinamismo bajo el principio territorial, se limita exactamente a su ámbito, razón por la cual para lograr objetivos, penetraciones o simplemente presencia más allá de sus fronteras, deberá implementar instrumentos impositivos internacionales.
Los instrumentos internacionales, que permiten a los sistemas fiscales locales actuar más allá de sus fronteras, son los Convenios para Evitar la Doble Tributación y los Acuerdos de Intercambio de Información Fiscal.
Por lo que corresponde a los Convenios, éstos tienen por finalidad lograr un equilibrio en la recaudación de cada uno de los Estados Contratantes, con el fin de que las tasas no sean o un impedimento a la inversión, o un "promotor" de evasión y elusión, ya que al crearse un consenso entre los países partícipes, se aplicará la misma tasa en cada uno de ellos y su diferencia estribará en forma exclusiva, en la característica que cada país le otorgue al concepto de ingreso universal, así como al crédito impositivo.
Los Convenios para Evitar la Doble Tributación, al permitir este equilibrio y eliminar barreras económicas inconvenientes que desestimulen al capital, la inversión y el trabajo, logran al mismo tiempo detectar y verificar el cumplimiento fiscal de las operaciones llevadas a cabo entre residentes de Estados Contratantes.
Por otro lado, los Acuerdos de Intercambio de Información Fiscal son el conducto apropiado para que un Estado, Contratante o no, solicite información sobre las operaciones, los ingresos, y otros conceptos que se requieren con el fin de establecer una responsabilidad fiscal en el Estado donde el contribuyente es residente.
Si bien los Convenios tributarios se...
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- Estudio práctico sobre los Convenios Impositivos para evitar la Doble Imposición 2015. Tomo I
- Datos de los autores
- Palabras de los autores a la vigésima edición
- Introducción
- Antecedentes de los modelos de doble tributación
- Ámbito jurídico interno y externo en materia de instrumentos internacionales para evitar la doble tributación
- Ley sobre la celebración de tratados
- Ley sobre la aprobación de tratados internacionales en materia económica
- Decreto de promulgación de la Convención de Viena
- Normatividad internacional para la interpretación de los Convenios sobre doble tributación celebrados por México
- Los sujetos, el objeto, la base impositiva y la tasa en los tratados tributarios
- Neutralidad fiscal a traves de los tratados para evitar la doble tribuación
- Estructura de los tratados tributarios
- Principios rectores de los modelos tributarios
- Requisitos para tener derecho a los beneficios que se desprenden de los Convenios para evitar la doble imposición y prevenir o impedir la evasión fiscal en materia del impuesto sobre la renta
- Procedimientos que eliminan los efectos de la doble tributación
- Procedimiento de resolución de controversias
- Procedimiento amistoso o de acuerdo mutuo
- Decretos mediante los cuales el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, acepta y se adhiere a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE)
- El futuro del régimen fiscal internacional
- Comentarios finales
- Acuerdos de intercambio de Información en materia tributaria
- Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América para el intercambio de información tributaria
- Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de Bermudas sobre el intercambio de información en materia tributaria
- Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y el Reino de los Paises Bajos en relación con las Antillas Holandesas sobre el intercambio de información en materia tributaria
- Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la Mancomunidad de las Bahamas para el intercambio de información en materia tributaria
- Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de Jersey sobre el intercambio de información en materia tributaria
- Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de las Islas Cook para el intercambio de información en materia tributaria
- Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la Isla del Hombre (Isla de Man) para el intercambio de información en materia tributaria
- Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Costa Rica sobre el intercambio de información en materia tributaria
- Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados de Guernsey para el intercambio de información en materia tributaria
- Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de las Islas Caiman con la autorización del Gobierno del reino unido de la gran bretaña e irlanda del norte sobre intercambio de información en materia tributaria
- Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y Belice para el intercambio de información en materia tributaria
- Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno del Estado Independiente de Samoa para el intercambio de información en materia tributaria
- Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno del Principado de Liechtenstein para el intercambio de información en materia tributaria y su protocolo
- Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y el Reino de los Paises Bajos, respecto de Aruba, para el intercambio de información con respecto a los impuestos
- Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de Gibraltar para el intercambio de información en materia tributaria
- Modelos tributarios
- Modelo del convenio de ISR y sobre el patrimonio de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) del 15 de julio del 2005
- Modelo de las naciones unidas sobre la doble tributación del 15 de octubre de 1980
- Reservas de México y de los Estados con los que ha celebrado un Convenio de doble tributación, sobre los comentarios al modelo de la OCDE
- Convenios tributarios celebrados por México con los Gobiernos de Canada y de los Estados Unidos de America
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