Comentario al Artículo 152 del Código de Procesamientos Penales de Jalisco

AutorEmiliano Sandoval Delgado
Cargo del AutorJurídica de las Americas

Significado y alcance:

En este precepto el legislador ordinario alude aquí al caso de funcionarios o empleados públicos.

No se diferencia aquí a los funcionarios y empleados al servicio de la Federación, sino que también deben quedar catalogados los que sirven a la administración estatal y a la municipal.

Tampoco se especifica que los empleados deben de estar al servicio del poder público, pues bien puede...

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