Suspensión del plazo para interponer el recurso

AutorAlejandro Paz López
Páginas196-198

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1. Fallecimiento del afectado por el acto o resolución administrativa

Esta situación se encuentra prevista en el artículo 121 del Código Fiscal de la Federación, en su tercer párrafo, el cual señala lo siguiente:

“Si el particular afectado por un acto o resolución administrativa fallece durante el plazo a que se refiere este artículo, se suspenderá hasta un año, si antes no se hubiere aceptado el cargo de representante de la sucesión”.

Al respecto existe una interesante tesis con relación a esta hipótesis que por su criterio consideramos oportuna citar:

IV-TASR-XXVIII-344

HEREDERO UNIVERSAL UNICO. NO ES NECESARIA LA ACEPTACION Y DISCERNIMIENTO DEL CARGO DE ALBACEA PARA SU DESEMPEÑO, EN INTERPOSICION DEL RECURSO DE REVOCACION. El artículo 1577 del Código Civil de Colima establece que el heredero que fuere único, será albacea, si no hubiese sido nombrado otro en el testamento. De este precepto se deduce que habiendo declaratoria de heredero universal único, no es necesario que previamente al desempeño del cargo de albacea, medie la aceptación y discernimiento del cargo, ya que por su propia condición de único heredero, acredita tener interés jurídico para promover recurso de revocación ante las autoridades hacendarias. (17)

Juicio No. 1779/99-04-02-7. Sentencia de 15 de febrero del 2000, aprobada por unanimidad de votos. Magistrado Ponente: Julio Manuel Antonio Tinajero Guerrero. Secretaria: Lic. Nora Yolanda Molina Raygosa.

R.T.F.F. Cuarta Epoca. Año II. No. 24. Julio 2000. p. 266

2. Por inicio de un procedimiento de resolución de controversias contenido en un tratado para evitar la doble tributación

En la segunda parte del citado párrafo se establece esta hipótesis:

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“...También se suspenderá el plazo para la interposición del recurso si el particular solicita a las autoridades fiscales iniciar el procedimiento de resolución de controversias contenido en un tratado para evitar la doble tributación incluyendo, en su caso, el procedimiento arbitral. En estos casos, cesará la suspensión cuando se notifique la resolución que da por terminado dicho procedimiento inclusive, en el caso de que se dé por terminado a petición del interesado”.

Respecto a la...

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