Título cuarto. Leche, sus productos y derivados

AutorEdiciones Fiscales ISEF S.A.
Páginas9-11
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TITULO CUARTO
LECHE, SUS PRODUCTOS Y DERIVADOS
CAPITULO I
PRODUCTOS DE LA LECHE
ARTICULO 40. Para efectos de este Reglamento, dentro de los productos y
derivados de la leche quedan comprendidos los siguientes:
I. Productos:
a. Crema;
b. Dulces de leche;
c. Grasa butírica;
d. Helados y bases para helados;
e. Jocoque;
f. Leche acidificada;
g. Leche condensada azucarada;
h. Leche cultivada o fermentada;
i. Leche deshidratada;
j. Leche evaporada;
k. Leche pasteurizada y ultrapasteurizada;
l. Leche combinada;
m. Leche recombinada;
n. Leche reconstituida;
ñ. Leche rehidratada;
o. Mantequilla;
p. Queso; y
q. Yogur, yogurt o yoghurt; y
II. Derivados:
a. Caseína de grado alimentario o caseinatos de grado alimentario;
b. Requesón; y
c. Sueros.
CAPITULO II
LECHE
ARTICULO 41. La leche cruda o bronca podrá destinarse para:
I. Consumo humano, cuando cumpla con los requisitos sanitarios que se esta-
blecen en este Reglamento; y
II. Uso industrial, bajo las condiciones que señala el propio Reglamento.
ARTICULO 42. La leche cruda, después de la ordeña, se deberá filtrar y de-
positar en tanques provistos con sistema de refrigeración o enfriamiento. Sólo se
permitirá la permanencia de la leche en estas condiciones hasta por veinticuatro
horas. Dentro de este tiempo se deberá transportar a los expendios que no formen
parte de los establos.
40-42
RGTO. CONTROL SANITARIO/PRODUCTOS DE LA LECHE

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