La crisis de la fe

AutorÁngel Javier Casas Ramos
Cargo del AutorLicenciado en Derecho por la Universidad Veracruzana
Páginas156-162
Ángel Javier Casas Ramos
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perdido la capacidad económica como para continuar con la
relación de trabajo en los cuales sería más fácil indemnizar.
El derecho laboral se encuentra ante la inminencia de la
reforma a la Ley Federal del Trabajo y otras disposiciones
laborales en una ventana de oportunidad para llevar al texto de
la ley y darle una mejor regulación a estas incidencias, mientras
tanto y en tanto no ocurra dicha reforma debe tenerse cuidado
al plantear o formular un incidente y de manera especial los
incidentes innominados ya que el Artículo 48 de la LFT
establece que: “Los abogados, litigantes o representantes que
promuevan acciones, excepciones, incidentes, diligencias,
ofrecimiento de pruebas, recursos y, en general toda actuación
en forma notoriamente improcedente, con la finalidad de
prolongar, dilatar u obstaculizar la sustanciación o resolución
de un juicio laboral, se le impondrá una multa de 100 a 1000
veces el salario mínimo general.” existe pues, el riesgo que la
autoridad considere que el incidente es improcedente y aplicar
las multas que considere.
14.- LA CRISIS DE LA FE
En alguna ocasión al encontrarnos en la “Semana Santa”, nos
dimos a la tarea de buscar una de las acepciones de “Fe” y así
encontramos en el Diccionario De La Real Academia Española,
que esta consiste en el “conjunto de creencias de alguien, de un
grupo o de una multitud de personas,” (Recuperado de
http://www.rae.es/). La biblia señala en su libro de Juan,
capítulo 20, versículo 29: “Bienaventurados los que no vieron y
creyeron.” Antes de que tomen conclusiones apresuradas,
debemos aclarar que esta reflexión no es sobre teología, pues
respetamos totalmente la libertad de religión consagrada en el
artículo 24 de la nuestra Constitución Política, sin embargo
nada refleja mejor el concepto de Fe Jurídica que precisamente
esa referencia, así la Fe Publica en nuestra opinión, no es otra
cosa que la creencia ciega que debe tenerse respecto de lo
aseverado por una persona cuya calidad otorgada por las
normas, no permite una verdad distinta.

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