Artículo 54. Reglas para la Cámara de Diputados del sistema plurinominal

AutorJaime Cárdenas
Páginas214-218

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El contenido de este artículo es:

1) Las bases para asignar diputados de representación proporcional.

En el artículo 54 se desarrollan las reglas para la asignación u otorgamiento de los 200 diputados de representación proporcional. Éstas son:

1) Los partidos políticos, para tener diputados plurinominales, deben tener candidatos uninominales en por lo menos 200 distritos;

2) Tendrán derecho a diputados plurinominales los partidos que alcancen por lo menos dos por ciento del total de la votación emitida en las circunscripciones;

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3) De cumplir con los dos supuestos anteriores, le serán asignados diputados plurinominales a cada partido de acuerdo con su votación nacional emitida en cada circunscripción; se tomará en cuenta la lista regional de cada partido en la circunscripción y el orden que tuviesen los candidatos en las listas que haya confeccionado el partido respectivo;

4) Se prohíbe que algún partido político tenga más de 300 diputados (más de 60 por ciento del total) por ambos principios;

5) Igualmente se prohíbe que tenga un porcentaje de curules que exceda en 8 puntos a su porcentaje de la votación total, salvo que el partido en los distritos uninominales exceda por su votación nacional emitida los ocho puntos;

6) Las diputaciones proporcionales que sobren, en los casos de los incisos d) y e), se adjudicarán a los demás partidos.

El texto de la Constitución de 1917 se limitaba a decir: “La elección de diputados será directa y en los términos que disponga la ley electoral”. En 1963 se introdujo la figura de diputado de partido, que era un sistema de representación de minorías, pero no de representación proporcional, y que consistía en asignarles a los partidos entonces minoritarios —pan, parm y pps— hasta veinte diputados a efecto de que tuviesen alguna representación en la Cámara de Diputados. No fue sino hasta la reforma constitucional de 1977 que se estableció el sistema de representación proporcional para compensar las deficiencias de subrepresentación que el sistema mayoritario genera a los partidos minoritarios. La reforma de 1977 permitió que partidos como el pan o los antecesores del prd como el psum (Partido Socialista Unificado de México) crecieran en importancia política y en representación ante la Cámara de Diputados. Ahí reside la importancia de la reforma constitucional de 1977.

El sistema electoral de representación proporcional que funcionó desde 1977 a 1986 fue el siguiente: 1) los partidos...

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