Efectos impositivos por generar ingresos a través de regímenes fiscales preferentes

AutorHerbert Bettinger Barrios/Herbert Bettinger Garcia Cornejo
Páginas39-41

Page 39

Como se ha observado en capítulos anteriores las autoridades fiscales que basan su política fiscal en el ingreso universal tratan de proteger su recaudación evitando elusiones o evasiones fiscales por los ingresos que obtengan los sujetos pasivos que cuenten con residencia fiscal en cada uno de ellos y sobre todo, cuando estos ingresos provienen de Jurisdicciones de Baja Imposición Fiscal, no obstante que se cuente con Acuerdos Amplios para el Intercambio de Información, se hayan firmado Convenios para Evitar la Doble Tributación o firmado acuerdos unilaterales o multilaterales que pretendan obtener información que permita la configuración del ingreso universal.

Los paraísos fiscales independientemente de que se consideren como tales o zonas laxas, se mantienen al margen de estos instrumentos de carácter internacional, por lo que las autoridades tributarias se han visto forzadas a buscar mecanismos alternos que permitan el control de las operaciones que se lleven a cabo en países con esas características y pretendiendo lograrlo a través de normas de carácter interno.

Con ese propósito y en el caso de nuestro país a partir de 1997 la Ley del Impuesto sobre la Renta, introdujo parámetros que permiten medir las inversiones y las operaciones que los residentes o nacionales lleven a cabo en el extranjero o contribuyentes que en territorio nacional generen ingreso derivado de esta clase de transacciones.

Para estos efectos, la mencionada ley en la parte correspondiente señala que, “... se consideran ingresos gravables los ingresos del ejercicio derivados de cada una de las inversiones..., ubicadas en Jurisdicciones de Baja Imposición Fiscal en el ejercicio al que correspondan, en el momento en que se generen, de conformidad con lo dispuesto en este Título, siempre que no se hayan gravado con anterioridad, aun en el caso de que no se hayan distribuido los ingresos, dividendos o utilidades en la proporción de la participación directa o indirecta promedio por día que tenga la persona residente en México o residente en el extranjero con establecimiento permanente o base fija en territorio nacional...”.

La Ley del Impuesto sobre la Renta a partir de 1997, ha sufrido diversas reformas fiscales en cuanto al régimen de ingresos generados en paraísos fiscales a través de lo que se contempla como Jurisdicciones de Baja Imposición Fiscal. Estas reformas han tenido como finalidad desalentar y fiscalizar las inversiones realizadas bajo estos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR