Reglamento del Registro Público de Comercio

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Cargo del AutorContador Público, egresado de la Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) - Contador Público, egresado de la Escuela Superior de Comercio y Administración del Instituto Politécnico Nacional (IPN)
Páginas797-816
RRPC–
CAPITULO I
Disposiciones Generales
Objeto del Reglamento y definición de conceptos
1o.- El presente ordenamiento establece las normas reglamentarias
a que se sujetará la prestación del servicio del Registro Público de Co-
mercio.
Para efecto de este Reglamento se entiende por:
I.Acreedor: La persona en cuyo favor se otorga una garantía mobiliaria;
II. Garantía mobiliaria: Es el efecto de un acto jurídico mercantil por
mediodel cual se constituye, modifica, transmite o cancela unagarantía
o un privilegio especial o un derecho de retención en favor del acreedor,
sobre un bien o conjunto de bienes muebles, para garantizar el cumpli-
miento de una obligación;
IV.Otorgante: La persona que otorga una garantía mobiliaria;
V. Registro: El Registro Público de Comercio;
VI. RUG: El Registro Unico de Garantías Mobiliarias, como una sec-
ción del Registro;
VII. Secretaría: La Secretaría de Economía;
VIII. SIGER: El Sistema Integral de Gestión Registral; y
IX. Sistema: El programa informático establecido por la Secretaría
para operar el RUG, y que incluye la página electrónica de la red mun-
dial denominada Internet, a través de la cual el público podrá tener ac-
ceso al mismo, así como la base de datos nacional a que hace referen-
Finalidad del RPC y formas oficiales para la inscripción
2o.- El Registro Público de Comercio tiene por objeto dar publicidad
alos actos mercantiles, así como aquellos que se relacionan con los co-
merciantes y que conforme a la legislación lo requieran para surtir efec-
tos contra terceros. Para la inscripción de los actos mercantiles que
conforme a las leyes sean susceptibles de ello, se utilizarán las formas
precodificadas que la Secretaría, en términos de lo dispuesto por el ar-
tículo 20 del Código de Comercio, dé a conocer mediante publicación
en el Diario Oficial de la Federación. Los responsables de las oficinas
delRegistro, no podrán solicitar otros requisitos distintos a los que se in-
corporen en dichas formas.
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La inscripción de actos a que se refiere este artículo se efectuará en el
folio mercantil electrónico, en atención al nombre, denominación o
razón social de cada comerciante o sociedad mercantil, el cual com-
prenderá todos los actos mercantiles relacionados con dicho comer-
ciante o sociedad.
Datos que no podrán incorporarse al RPC y obligación de prote-
ger datos
3o.- No podrán incorporarse al Registro datos que hagan referencia
a ideología, religión o creencias, raza, preferencia sexual, afiliación sin-
dical, estado de salud y toda aquella que no tenga relación directa con
la actividad mercantil del comerciante.
Con el objeto de proteger los datos personales asentados en las
basesde datos de las oficinas del Registro, la Secretaría establecerá las
medidasnecesarias que garanticen la seguridad de los m ismos y eviten
su alteración, pérdida, transmisión y acceso no autorizado.
RRPC–PROCEDIMIENTO REGISTRAL
CAPITULO II
Del Procedimiento Registral
Concepto de SIGER
4o.- Paraefecto de lo establecido por el artículo 20 del Código de Co-
mercio, el SIGER es el programa informático a través del cual se realiza-
rá la captura, almacenamiento, custodia, seguridad, consulta, repro-
ducción, verificación, administración y transmisión de la información
del Registro.
Formas para llevar a cabo la fase de recepción del procedimien-
to registral
5o.- Paraefecto de lo dispuesto en la fracción II del artículo 21-Bis del
Código de Comercio, la fase de recepción del procedimiento registral
parala inscripción de actos mercantiles se hará de la forma siguiente:
I. Recepción electrónica.- El notario o corredor público autorizado, en
términos del artículo 30-Bis-1 del Código de Comercio, enviará por me-
dios electrónicos a través del SIGER, la forma precodificada respectiva
acompañada del archivo magnético del testimonio, póliza o acta en el
queconsteelactoainscribir;o
II. Recepción física.- La persona interesada o su representante, en la
ventanilla de recepción de la oficina del Registro que corresponda, en
términos del artículo 23 del Código de Comercio, presentará la forma
precodificada respectiva acompañada del testimonio, póliza o acta en
elqueconsteelactoainscribir.
Procedimiento para la recepción electrónica de la forma precodi-
ficada
6o.- En el caso de la fracción I del artículo anterior, se estará a lo si-
guiente:
I. La forma precodificada deberá enviarse firmada electrónicamente
por el notario o corredor público, acompañada del archivo indicado. El
envíoal Registro de la forma precodificada presume que el fedatario pú-
3o.- RRPC–PROCEDIMIENTO REGISTRAL 798

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