Aviso mediante el cual se dan a conocer los costos de mano de obra por metro cuadrado para la obra privada, así como los factores (porcentajes) de mano de obra de los contratos regidos por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para 2009

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín - Eladio Campero Guerrero✝
Páginas1233-1238

Page 1233

(Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2009)

Al margen un logotipo, que dice: Instituto Mexicano del Seguro Social.-Dirección de Incorporación y Recaudación.

PABLO SALVADOR REYES PRUNEDA, Titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación, del Instituto Mexicano del Seguro Social, en su carácter de organismo fiscal autónomo, con fundamento en los artículos 16y 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3, fracciónly 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2. 5 y 14, fracción II, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, 5, 251 fracciones VIII, XIII, XV y XXXVII, 270 y 271 de la Ley del Seguro Social; 18, cuarto párrafo, del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado; y 2, fracción V, 3, fracción II, inciso c), 5 y 71, fracciones I, y XXI del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, y

CONSIDERANDO

Primero.- Que el artículo 18, cuarto párrafo, del citado Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado prevé que el Instituto Mexicano del Seguro Social tiene la obligación de establecer en cada ocasión en que se incrementen los salarios mínimos generales y de acuerdo al tipo de obra de construcción, privada o pública, el importe de la mano de obra por metro cuadrado o, el factor que represente dicha mano de obra sobre el importe de los contratos normados por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas;Page 1234

Segundo.- Que mediante Resolución del H. Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 2008, se fijaron los salarios mínimos generales y profesional es vigentes a part ir del 1 de enero de 2009, "...SE RESUELVE:

...SEGUNDO.- Los salarios mínimos generales que tendrán vigencia a partir del 1 de enero de 2009 en las áreas geográficas a que se refiere el punto resolutivo anterior, como cantidad mínima que deben recibir en efectivo los trabajadores por jornada ordinaria diaria de trabajo, serán los que se señalan a continuación: Area geográfica "A" $54.80.- Area geográfica "B" $53.26.- Area geográfica "C" $51.95...",

Tercero.- Que a efecto de cumplir con lo ordenado por el citado artículo 18, cuarto párrafo del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Tra ba ja do res de la Cons truc ción por Obra o Tiem po De ter mi na do, así como por el Acuerdo número 58/92, emitido por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, he tenido a bien expedir el siguiente:

AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS COSTOS DE MANO DE OBRA POR METRO CUADRADO PARA LA OBRA PRIVADA, ASI COMO LOS FACTORES (PORCENTAJES) DE MANO DE OBRA DE LOS CONTRATOS REGIDOS POR LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS PARA 2009

Primero.- Costos de mano de obra por metro cuadrado para obra privada para 2009:


TIPO DE OBRA AREA GEOGRAFICA SALARIAL
"A" "B" "C"
Bardas 269.00 261.00 254.00
Bodegas 357.00 349.00 341.00
Canchas de tenis 148.00 144.00 142.00
Casa habitación de interés social 598.00 582.00 568.00
Casa habitación tipo medio 711.00 691.00 675.00
Casa habitación residencial de lujo 928.00 902.00 881.00
Cines 694.00 673.00 657.00
Edificios habitacionales de interés social 578.00 562.00 550.00
Edificios habitacionales tipo medio 674.00 655.00 639.00
Edificios habitacionales de lujo 991.00 961.00 938.00
Edificios de oficinas 578.00 562.00 550.00
Edificios de oficinas y locales comerciales 764.00 743.00 725.00
Escuelas de estructura de concreto 536.00 519.00 507.00
Escuelas de estructura metálica 627.00 610.00 594.00
Estacionamientos 340.00 328.00 320.00
Gasolineras 400.00 388.00 379.00
Gimnasios 598.00 582.00 568.00
Hospitales 1,030.00 1,000.00 976.00
Hoteles 1,037.00 1,009.00 983.00
Page 1235


TIPO DE OBRA AREA GEOGRAFICA SALARIAL
"A" "B" "C"
Hoteles de lujo 1,395.00 1,357.00 1,323.00
Locales comerciales 622.00 604.00 590.00
Naves industriales 530.00 517.00 504.00
Naves para fábricas, bodegas y/o talleres 373.00 361.00 352.00
Pi
...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR