Acuerdo ACDO.AS2.HCT. 290709/147.P.DIR del H. Consejo Técnico del IMSS por el que se publican los formatos para la presentación del dictamen para efectos del seguro social

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín - Eladio Campero Guerrero✝
Páginas1077-1093

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(Tomado en sesión celebrada el 29 de julio de 2009. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de agosto de 2009)

El H. Consejo Técnico, en la sesión ordinaria celebrada el 29 de julio del presente año, dictó el ACDO.AS2.HCT.290709/147.PDIR, en los siguientes términos:

"Este ConsejoTécnico, con fundamento en el artículo 251, fracciones VIII, XXI, XXIX y XXXVII, 263 y 264, fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social; 5 y 57 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; y 31, fracción XX del Reglamento Inte rior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 193 del 23 de julio del 2009, suscrito por el Titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación, así como de la resolución emitida por el Comité de Incorporación y Recaudación el 15 de julio del año citado, Acuerda: Primero.- Dejar sin efectos el Acuerdo 464/2003 de fecha 10 de diciembre de 2003, emitido por este Organo de Gobierno y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de enero de 2004, mediante el cual se autorizaron los formatos relativos al dictamen de Contador Público autorizado para efectos del Seguro Social y por tanto, quedan sin efectos los formatos a que el propio Acuerdo se refiere. Segundo.- Aprobar los formatos relativos al dictamen de Contador Público autorizado para efectos del Seguro Social, mismos que a continuación se precisan: A) Solicitud para Registro de Contadores Públicos DICP-01; B) Aviso de Dictamen para efectos del Seguro Social DICP-02 (Anexo 1, DICP-02 A1 para patrones con más de un Registro Patronal, Anexo 2, DICP-02 A2 para patrones con Registro Patronal Unico); C) Carta de Presentación del Dictamen del Seguro Social DICP-03; D) Carta de Presentación del Dictamen del Seguro Social para patrones de la Industria de la Construcción DICP-04; E) Modelos de Opinión, donde el Contador Público autorizado des cri be los pro ce di mien tos de revisión aplicados: Limpia.- Cuando derivado de la revisión el Contador Público autorizado no determina omisiones; Sin Salvedades.- Cuando derivado de la revisión el Contador Público autorizado determina omisiones y son pagadas en una sola exhibición o en parcia i idades antes de la presentación del dictamen; Con salvedades.- Cuando derivado de la revisión el Contador PúblicoPage 1078 autorizado determina conceptos o sujetos de aseguramiento que el patrón no acepta integrar al salario diario de cotización o afiliar al régimen obligatorio; Con abs ten ción de Opi nión.- Cuando el Contador Público autorizado, no cuenta con información, documentación o ele men tos su fi cien tes para llevar a cabo la revisión que le impida inclusive, emitir una opinión con Salvedades; Con opinión Negativa.- Cuando el Contador Público autorizado, como con se cuen cia de su revisión, en cuen tra que los re gis tros con ta bles no reflejan la integración real del salario base de cotización, según los requerimientos de la Ley del Seguro Social y sus Reglamentos. Tercero.- Los documentos referidos en el punto anterior, podrán reproducirse libremente ajustándose a su estructura y contenido. En todos los casos, tendrán un tamaño 'carta' de 28 x 21.5 centímetros y deberá ser en impresión blanco y negro. Cuarto.- Instruir a la Dirección de Incorporación y Recaudación, para que por conducto de la Unidad de Fiscal ización y Cobranza, y de la Coordinación de Corrección y Dictamen, resuelva las dudas o aclaraciones que con mot ivo de la aplicación de este Acuerdo present e las Unidades Administrativas del Instituto. Quinto.- Instruir a la Dirección Jurídica para que realice los trámites necesarios ante las instancias competentes, a efecto de que el presente Acuerdo y los formatos a que se refiere el mismo, se publiquen en el Diario Oficial de la Federación. Sexto.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación".

Atentamente

México, D.F., a 31 de julio de 2009.- El Secretario General, Juan Moisés Calle ja García.- Rúbrica.Page 1079

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MODELO DE OPINION LIMPIA

(Cuando derivado de la revisión el Contador Público autorizado no determina omisiones)

LUGAR Y FECHA

ASAMBLEA DE ACCIONISTAS DE LA CIA. X, S.A.

PATRON EN CASO DE SER PERSONA FISICA

He examinado la información que se presenta en los anexos I al V adjuntos*, que reflejan la aseveración de la administración del patrón_________________________________con registro patronal______ (del domicilio fiscal)____, [y los consignados en el Anexo 1 del aviso (DICP-02 A1) o Anexo 2 del aviso (DICP-02 A2)] **, respecto del cumplimiento de las obligaciones fiscales previstas en la Ley del Seguro Social y sus Reglamentos, por el ejercicio o período del________________________al______________________________. Mi responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre la misma información con base en mi examen.

Mi examen fue realizado de acuerdo con las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas que contienen las normas para atestiguar, y por lo tanto in clu yó la apli ca ción de los pro ce di mien tos que con si de ré necesarios en las circunstancias, con base en pruebas selectivas, de la evidencia soporte de la aseveración de la administración. Considero que mi examen proporciona una base razonable para sustentar mi opinión. Como parte de mi examen a los anexos I al V adjuntos*, apliqué, entre otros, los siguientes pro ce di mien tos.

1. Revisé la información que presentan los contratos colectivos y/o individuales de trabajo.

2. Revisé y evalué el sistema de control interno del patrón, específico al examen que me ocupa.

3. Revisé el adecuado registro de los trabajadores, los movimientos afiliatorios de alta, baja, modificaciones de salario y liquidaciones de cuotas obrero patronales presentados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.

4. Comprobé que el patrón cuenta con los registros necesarios para controlar el número de días trabajados y los salarios percibidos por sus trabajadores.

5....

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