Acuerdo mediante el cual se hace del conocimiento público que se han desarrollado los sistemas operativos necesarios y se han expedido y publicado las disposiciones de carácter general relativas a los mismos, para la entrada en vigor de lo previsto en los artículos 74-Quáter y 74-Quinquies de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín - Eladio Campero Guerrero✝
Páginas1155-1156

Page 1155

(Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de julio de 2004)

El Presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, con fundamento en los artículos 5o. fracciones I y II, 12 fracciones I, VIII y XVI, 74-Quáter y 74-Quinquies de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, y primero transitorio del Decreto por el que se reforma y adiciona la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de diciembre de 2002, y

CONSIDERANDO

Que el artículo primero transitorio del Decreto por el que se reforma y adiciona la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de diciembre de 2002, establece que lo previsto en los artícu l os 74-Quáter y 74-Quinquies de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, entrará en vigor el día siguiente a la fecha en que la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro publique en el Diario Oficial de la Federación un acuerdo mediante el cual haga del conocimiento público que se han desarrollado los sistemas operativos necesarios para la aplicación concreta de tales preceptos y que se han expedido y publicado las disposiciones de carácter general relativas a los mismos, y

Que se han desarrollado los sistemas operativos necesarios para la aplicación concreta de lo dispuesto en los artículos 74-Quáter y 74-Quinquies de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y que la Comisión Nacional delPage 1156Sistema de Ahorro para el Retiro ha expedido y publicado las disposiciones de carácter general relativas a los mismos; el Presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro ha tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE HACE DEL CONOCIMIENTO PUBLICO QUE SE HAN DESARROLLADO LOS SISTEMAS OPERATIVOS NECESARIOS Y SE HAN EXPEDIDO Y PUBLICADO LAS DISPOSICIONES DE CARACTER GENERAL RELATIVAS A LOS MISMOS, PARA LA ENTRADA EN VIGOR DE LO PREVISTO EN LOS ARTICULOS 74-QUATER Y 74-QUINQUIES DE LA LEY DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO

ÚNICO.- Entra en vigor lo dispuesto en los artículos 74-Quáter y 74-Quinquies de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

TRANSITORIA

UNICA.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente a la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la...

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