De la comisión nacional del agua

Páginas78-78
EDICIONES FISCALES ISEF
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CAPITULO NOVENO
DE LA COMISION NACIONAL DEL AGUA
ARTICULOS 44 al 109. Derogados.
CAPITULO DECIMO
DEL INSTITUTO NACIONAL DE ECOLOGIA
ARTICULO 110. El Instituto Nacional de Ecología estará a cargo
de un Presidente y tendrá las atribuciones siguientes:
I. Brindar apoyo técnico y científico a las unidades administrativas
de la Secretaría para formular, conducir y evaluar la política nacional
en materia de equilibrio ecológico y protección del medio ambiente;
II. Coordinar, promover y desarrollar la investigación científica pa-
ra formular y conducir la política general de saneamiento ambiental,
en coordinación con las áreas competentes de la Secretaría, con la
Secretaría de Salud y demás dependencias competentes;
III. Coordinar, promover y desarrollar la investigación científica pa-
ra administrar y promover la conservación y el aprovechamiento sus-
tentable de la vida silvestre, de especies y ecosistemas prioritarios,
así como de las especies migratorias;
IV. Coordinar, promover y desarrollar la investigación científica pa-
ra formular y conducir la política general en materia de prevención y
control de la contaminación y manejo de materiales y residuos peli-
grosos, y evaluación de riesgos ecotoxicológicos;
V. Elaborar, promover y difundir las tecnologías y formas de uso
requeridas para el aprovechamiento sustentable de los recursos na-
turales y sobre la calidad ambiental de los procesos productivos, de
los servicios y de transporte, en coordinación con las unidades admi-
nistrativas de la Secretaría;
VI. Formular, en apoyo a las unidades administrativas compe-
tentes de la Secretaría, los estudios de ordenamiento ecológico del
territorio y regulación ambiental del desarrollo urbano, con la partici-
pación que corresponda a otras dependencias y entidades;
VII. Participar con la Oficialía Mayor en el diseño de instrumentos
económicos fiscales, financieros y de mercado vinculados a la políti-
ca ambiental, con la finalidad de que las diversas dependencias y en-
tidades de la Administración Pública Federal los operen en el ámbito
de su competencia, así como crear metodologías y procedimientos
para evaluar económicamente al capital natural, a través de los bienes
y servicios ambientales que presta, y cooperar con las dependencias
y entidades de la Administración Pública Federal para desarrollar un
sistema integrado de contabilidad ambiental y económico;
VIII. Apoyar técnicamente a las unidades administrativas de la
Secretaría en la aplicación de instrumentos de política ambiental que
propicien el desarrollo sustentable;
IX. Coadyuvar con las unidades administrativas de la Secretaría,
en la cuantificación del costo de la contaminación del ambiente y el
agotamiento de los recursos naturales provocados por las activida-
des económicas para calcular el Producto Interno Neto Ecológico;
44-110

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