El voto electrónico

AutorLic. Mario Moisés Ruiz Zuñiga
Páginas118-134

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2. Introducción

La tecnología informática indudablemente ha producido cambios sociales y del entorno, con la llegada de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, sobre todo de internet, que ha potencializado el flujo de información a niveles impresionantes en la vida entera de las personas, por ello merece ser atendido por el Derecho.

La democracia es otro de los campos a los que dicha revolución ha impactado a través de los medios electrónicos, en lo que se ha denominado voto electrónico, podríamos señalar que este vertiginoso cambio tecnológico ha propiciado, en una de sus variables, una nueva correlación entre la informática y el derecho político-electoral del voto, en lo que con seguridad constituirá el nuevo horizonte tecnológico en materia electoral.

En la actualidad interrelación, gobierno electrónico -democracia electrónica- voto informático pueden hacer posible, incluso en democracias consideradas como de

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gran escala (cuantitativamente por el número de ciudadanos que involucraría), que se simplifique la toma de decisiones de la ciudadanía.

Las diversas iniciativas de convergencia tecnológico-electorales vinculadas con el voto electrónico es precisamente que el aspecto técnico garantice, los requisitos constitucionales y legales del voto público, que no deje lugar a suspicacia alguna en el procesamiento del fiel reflejo de la voluntad ciudadana expresada ahora por medios informáticos.

Podríamos señalar que para la implementación del voto electrónico se debería partir de tres condiciones básicas:

· Un nivel adecuado de aceptación social frente a las nuevas tecnologías aplicadas al ámbito electoral.

· Factibilidad técnica que colme los requisitos constitucionales y legales en el ejercicio del sufragio público.

· En especial, que resulte atractivo políticamente para los diversos actores en un contexto democrático.

Sin embargo, debemos mencionar que esta forma tecnológica de manifestación de la voluntad ciudadana ya existía desde el siglo antepasado. La revisión de los antecedentes histórico-legislativos en México sobre el particular, que muestran que por más de 75 años la legislación electoral federal mexicana mantuvo latente la posibilidad de emplear nuevas tecnologías para ser aplicadas a procesos electorales federales, en especial en el desarrollo de dispositivos automáticos para receptar el voto público, es decir, el sufragio a través de nuevas tecnologías tiene una larga historia.

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3. Antecedentes

El sistema de votación electrónica o voto electrónico, como toda esta estructura técnica, humana y legal aplicada a cualquier elección de carácter público o privado, no es un acontecimiento reciente, ya sea en cualquiera de los ámbitos que intervienen en esta nueva modalidad:

· El técnico o referente a la tecnología que ha sido empleada.

· En lo legal o facultad que establece el sistema jurídico de un estado permitiendo el uso de tecnología para hacer valer el derecho al sufragio a través del uso de la tecnología.

Antecedentes tecnológicos

En el siglo XIX, surgieron propuestas para hacer de las elecciones algo más eficientes y teóricamente seguras, con el uso de tecnologías de votación automatizada. Así, los inventores comenzaron a buscar diversas maneras de contener fraudes electorales, facilitar la selección del votante y el conteo de los votos.

Fue Thomas Alva Edison, apoyado por su experiencia en la telegrafía y conocimientos de electricidad, invento un grabador que establecía un registro electrográfico de votos sufragados, su primera patente de una maquina diseñada para receptar algún tipo de votación, el 1 de junio de 1869, cuando él tenía 21 años de edad. Según la patente 90,646 asignada por la Oficina de Patentes de los Estados Unidos de Norteamérica, denominándola como: Registro de Voto Electrográfico. Este primer desarrollo tecnológico para votar es en realidad el punto de origen de los sucesivos dispositivos receptores del voto público y además,

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conceptualmente, los actuales sistemas para la emisión del voto en los órganos legislativos en el mundo, tienen su raíz en la inventiva de Alva Edison.

En 1891 se desarrolló en Nueva York una máquina automática para recibir el voto público denominada "cabina automática de Myers", las máquinas automáticas de votación fueron manufacturadas en Jamestown, Nueva York, a través de AutomaticVoting Machine Corporation (AVM Corp.) Hasta 1983, AVM —con sede en la misma ciudad desde la fabricación de las primeras "máquinas de palanca. Y en 1892, en la ciudad de Lockport, Nueva York, se utilizó oficialmente por primera ocasión una máquina de votación automática. En la concepción inicial de su invento, Jacob H. Myers sostenía que esta máquina fue diseñada para "proteger mecánicamente al votante del fraude y hacer del proceso de selección de la papeleta de voto un plan perfecto, simple y secreto.

Se mencionó una clasificación de tecnología que ha sido creada para este fin, la cual se realizó de la primera a la octava generación, entre las que podemos mencionar: la registradora electrográfica de Edison, la Cabina automática de Myers de 1891; las Máquinas de perforación de Hollerith de 1930; los sistemas de televoting o voto por teléfono; los dispositivos de escaneo óptico; las máquinas de votación de grabación electrónica directa (machines DRE); la televisión digital interactiva o iD-TV; y las nuevas que surgen con el desarrollo de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), internet y dispositivos móviles.

Antecedentes legislativos

En materia legislativa tampoco es algo nuevo como se cree. Los sistemas de votación electrónica se han utilizado en el mundo desde la década de 1960. En Estados Unidos, Canadá, Australia y en algunos países europeos como Suiza y Francia para elecciones privadas de los miembros del Consejo de Administración o

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de Dirección de las empresas, se ha venido utilizando el sistema de voto electrónico con relativo éxito.

En México, el actuar legislativo en temas de vanguardia es muchas veces tardío, pero sorpresivamente en esta materia, el siglo XIX se constituye como punto de partida la regulación de las nuevas tecnologías en materia electoral, que se vieron reflejadas un siglo más tarde en la Ley Electoral de 19 de diciembre de 1911, referida por múltiples autores como "Ley Madero", donde se permitía según su artículo 31, el uso de las máquinas automáticas de...

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