De la organización y estructura

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EDICIONES FISCALES ISEF
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V. Derogada.
ARTICULO 3o. La Defensoría de Oficio y la asesoría jurídica son
servicios cuya prestación corresponde a la Administración Pública
del Distrito Federal, y serán proporcionados a través de la Defensoría
de Oficio, dependiente de la Dirección General.
ARTICULO 4o. La Defensoría de Oficio del Distrito Federal tiene
como finalidad la de proporcionar, obligatoria y gratuitamente, los
servicios de asistencia jurídica consistentes en la defensa, patrocinio
y asesoría, en los asuntos del fuero común señalados en el presente
ordenamiento.
ARTICULO 5o. Para el ejercicio de las funciones que tiene le-
galmente encomendadas, la Defensoría contará con defensores de
oficio, trabajadores sociales, peritos y personal administrativo.
CAPITULO II
DE LA ORGANIZACION Y ESTRUCTURA
ARTICULO 6o. Corresponde a la Consejería:
I. Dirigir, organizar, supervisar, difundir y controlar la Defensoría de
Oficio en el Distrito Federal, de conformidad con esta Ley, así como
prestar los servicios de defensoría de oficio, de orientación y asisten-
cia jurídica;
II. Aprobar el Programa Anual de Capacitación a que se refiere
esta Ley;
III. Proponer la celebración de acuerdos, convenios y acciones de
concertación con los sectores público, social y privado, que contribu-
yan al mejoramiento de la Defensoría;
IV. Coordinar, supervisar y evaluar el cumplimiento de las faculta-
des y obligaciones conferidas por esta Ley a la Dirección General;
V. Promover campañas informativas para la población del Distrito
Federal con el propósito de promover la cultura e instrucción cívica
para conocer y ejercer mejor sus garantías y derechos a través de
las instituciones encargadas de la administración e impartición de
justicia, en los términos previstos por el artículo 31 fracción II de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y
VI. Las demás funciones que le señalan esta Ley, su reglamento,
y otros ordenamientos.
ARTICULO 7o. Son atribuciones de la Dirección General:
I. La organización y control de la Defensoría;
II. Vigilar y evaluar la prestación de los servicios de Defensoría y
asesoría jurídica gratuita a los habitantes del Distrito Federal;
III. Ordenar la realización de visitas a las unidades administrativas
encargadas de prestar los servicios a que se refiere esta Ley;
IV. Someter a la aprobación de la Consejería, el programa Anual
de Capacitación; y
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