De la defensoría especializada para víctimas y ofendidos del delito del Estado de México

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SECCIÓN PRIMERA Disposiciones generales

ARTÍCULO 67. La Defensoría Especializada para el desempeño de sus funciones se dividirá en tres subdirecciones ubicadas en el Valle de Toluca, Zona Oriente y Zona Nororiente del Valle de México.

ARTÍCULO 68. La o el titular de la Defensoría Especializada además de las establecidas en la Ley tendrá las atribuciones siguientes:

I. Garantizar la defensa a las víctimas y ofendidos del delito cuando ésta sea procedente.

II. Representar legalmente a la Defensoría Especializada en los asuntos que sea parte, previo acuerdo con la o el Comisionado, con las facultades de un apoderado general para pleitos y cobranzas, así como actos de administración, sustituir y delegar esta representación en uno o más apoderados o subalternos para que la ejerzan individual o conjuntamente.

III. Promover que las instituciones, organismos y asociaciones públicas y privadas contribuyan a la elevación del nivel profesional de las y los asesores jurídicos.

IV. Mantener actualizados los expedientes únicos en los que intervenga la Defensoría Especializada.

V. Turnar los expedientes únicos concluidos al Registro.

VI. Canalizar y dar seguimiento a las solicitudes en las que no sea competente la Defensoría Especializada con las dependencias, asociaciones y organismos correspondientes.

VII. Propiciar la coordinación y vinculación con todas las áreas de la Comisión Ejecutiva para brindar atención a las víctimas u ofendidos del delito.

VIII. Supervisar los servicios de asesoría, defensa, patrocinio, gestión y defensoría especializada gratuita a las víctimas y ofendidos del delito.

IX. Promover, fortalecer, coordinar y cooperar en las relaciones de la Defensoría Especializada con otras instituciones públicas, privadas y sociales en los tres niveles de gobierno que por la naturaleza de sus funciones puedan colaborar con los objetivos de la misma.

X. Ordenar la práctica de visitas de supervisión ordinaria o extraordinaria, electrónicas y documentales necesarias, con la finalidad de revisar el cumplimiento de las funciones de las y los servidores públicos adscritos.

XI. Autorizar la adscripción, comisiones y guardias para el desempeño de las labores de las y los asesores jurídicos y demás personal de la Defensoría Especializada.

XII. Promover la ejecución de acciones de modernización administrativa...

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