Artículo 90. Plazo para devolución y corrección de facturas

AutorFernado Gómez de Lara
Páginas249-249

Page 249

Plazo para devolución y corrección de facturas

Artículo 90.- En caso de que las facturas entregadas por los proveedores para su pago presenten errores o deficiencias, la dependencia o entidad dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito al proveedor las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el...

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