Reservas

AutorJusto Sierra
Páginas632-633
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RESERVAS*
CUANDO de la Constitución hablamos, cuando para ella pedimos respeto y
acatamiento, cuando consignamos esto como el primero de nuestros deberes
políticos, no pretendemos que se acepten los principios constitucionales
como artículos de fe, ni creemos que son ellos una obra perfecta, no. En
nuestro sentido, la Constitución de 57 es una generosa utopía liberal, pero
destinada, por la prodigiosa dosis de lirismo político que encierra, a no po-
derse realizar sino lenta y dolorosamente; sucede con ella lo mismo que ha
sucedido con todas las leyes hechas para transformar las costumbres, que
van penetrando por entre las masas sociales provocando con ictos y luchas
incesantes, y unas veces sufre la sociedad, otras veces se menoscaba la ley,
hasta que, cuando el trabajo de nitivo de amalgamación se ha veri cado,
resultan, transformadas ya, la sociedad y la Constitución.
Los principios de emancipación política, las risueñas perspectivas de li-
bertad y de regeneración, y más que todo eso la destrucción del dominio
clerical, entusiasmaron antaño a nuestros padres, por aquel código promul-
gado como un nuevo decálogo en nombre de Dios. Eso era ayer; hoy, princi-
pios, sueños y teorías van acercándose de nuevo a la discusión: todos los
preceptos de la ley fundamental están destinados por las exigencias fatales
de la historia a sufrir severa revisión ante el tribunal de las ideas nuevas.
Esto no pudo hacerse en un instante de tempestad y de lucha; entonces era
preciso a rmar, desde las tormentosas cimas del partido liberal, nuestro dog-
ma religioso (que no son otra cosa los dogmas constitucionales) y señalar
desde los escaños del constituyente, en la región más alta y más pura del cie-
lo, nuestro ideal de ciudadanos y de hombres.
Creyeron nuestros padres haber hecho una obra profundamente práctica
porque tomaron nuestras instituciones de un pueblo práctico, y esta idea era
radicalmente errónea. En lo que consiste lo práctico del pueblo americano
no es en haber consignado en el código federal tales o cuales principios, sino
en que esos principios son perfectamente adecuados al medio social en que
habían de desarrollarse.
Nosotros creímos que copiando los principios imitábamos su sentido
práctico, y no era verdad; lo que para ello deberíamos haber hecho, en lo que
hubiera consistido la verdadera imitación, era en darnos instituciones que pu-
dieran desarrollarse no en el seno de nuestros hábitos corrompidos, sino de
* La Libertad, México, 14 de febrero de 1878.

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