Algunas observaciones contra el monstruoso proyecto de reformas a la Constitución del estado [Puebla]

AutorLeón Guzmán
Páginas599-629
599
León Guzmán
ALGUNAS OBSERVACIONES CONTRA EL MONSTRUOSO PROYECTO
DE REFORMAS A LA CONSTITUCIÓN DEL ESTADO [PUEBLA]
LAS PRIMERAS necesidades de toda sociedad organizada son dar buen orden a
sus negocios, y manejarlos con inteligencia y con positivo provecho. Las bases
tanto del orden como de la administración deben estar consignadas de una
manera clara y precisa en la Constitución política. Esto basta para probar
que la formación de esa Constitución es la obra más importante, y a la vez
más delicada, de que tienen que ocuparse las sociedades.
No debería encargarse la formación de una Constitución política sino a
hombres de profunda ciencia, de consumada experiencia, de un sano juicio
y una rectitud de intenciones bien comprobadas. Aun reuniendo todas estas
buenas cualidades, es muy difícil ejecutar una obra sin defectos.
Dada una Constitución perfecta, hasta donde las obras de los hombres
pueden serlo, la empresa de comentarla es ardua y en extremo difícil. Por eso
son pocos los que acometen ese delicado trabajo; y entre éstos es muy redu-
cido el número de los que han logrado llenar cumplidamente el objeto.
Pero si es difícil comentar una Constitucion buena, lo es mucho más for-
mar el juicio crítico de un mal proyecto. La razón de diferencia es obvia. Una
buena Constitución está fundada en los buenos principios, a los cuales ha
cuidado de dar el desarrollo más conveniente y la aplicacion más adecuada;
y por lo mismo, la misión del comentador se reduce a disertar sobre esos
buenos principios, sobre la buena  losofía con que están desarrollados, y so-
bre la oportunidad y e cacia con que se supo aplicarlos.
En un mal proyecto sucede lo contrario, porque o no se da a los princi-
pios todo el valor e importancia que en sí tienen o no están desarrollados con
inteligencia y verdad; o se hacen aplicaciones falsas, arbitrarias y aun contra-
dictorias; en este último caso la crítica imparcial debe comenzar por restable-
cer la recta inteligencia de los principios, y luego ir presentando en detalle
todos y cada uno de los puntos en que han sido mal desarrollados o indebida-
mente aplicados. Y si el proyecto ha sido formado por personas extrañas a la
ciencia o poco versadas en ella; si además ignoran o no atienden las reglas de
la lógica, de la ideología y hasta de la gramática; si no tienen idea de lo que es
orden, de lo que es método, de lo que es armonía y hasta de lo que es conse-
cuencia; y si a todo esto agregan el propósito de realizar miras bastardas,
ante las cuales todo lo sacri can y todo lo olvidan, se comprenderá que la mi-
sión del crítico sería en extremo laboriosa, y no podría ser completa sin darle
una amplitud a que no debe aspirarse en una obra de circunstancias.
600 LIBERTAD Y ORDEN: 1876-1929
Tengo la convicción íntima de que el proyecto de que me voy a ocupar
adolece de todos los defectos que acabo de indicar; y aun agrego que está de
ellos tan plagado que, para refutarlos en detalle, se necesitaría escribir varios
y muy grandes volúmenes. No acometeré ese trabajo, que por otro lado sería
inútil en su mayor parte: para mi objeto basta con marcar un corto número
de errores capitales y hacer sobre ellos la luz que naturalmente se desprende de
los buenos principios y de su recta aplicación.
Acuso al proyecto de diversas violaciones del principio representativo, de
violación del principio de división de poderes; de violación del sistema
democrático y de falseamiento completo del sistema electoral.
DIVISIÓN DE PODERES, SU INDEPENDENCIA, SU ARMONÍA
Hace ocho años que en el curso de una obra que comencé a escribir di lugar
a los siguientes párrafos:
El principio de DIVISIÓN DE PODERES no es una concepción arbitraria y caprichosa;
es la consecuencia lógica y obligada tanto de necesidades del organismo social
como de la manera en que se preparan y ejecutan las acciones deliberadas. Todo
acto de la sociedad, lo mismo que todo acto del hombre, es el resultado necesario
de tres distintas operaciones: el pensamiento que determina el acto, la material
ejecución de éste y la remoción de los obstáculos con que esa ejecución puede
tropezarse. La sana razón y la prudencia aconsejan que en cada una de estas ope-
raciones se proceda con la debida separación y en el orden que la naturaleza está
indicando; pero entre las reglas de conducta del individuo y las de la sociedad
puede haber una gran diferencia, y ésta determina distintos modos de proceder.
El individuo, obrando a su propio riesgo y a su propio perjuicio, puede pro-
ceder discrecionalmente, puede invertir el orden de las operaciones indicadas,
puede omitir alguna y aun desnaturalizarlas todas; suya será la culpa y suyo tam-
bién el perjuicio que por necesidad habrá de resentir. Pero la sociedad no tiene el
mismo arbitrio discrecional. La sociedad ha asumido la representación de todos
los derechos, la salvaguardia de todos los intereses; y para dar a unos y a otros
todas las posibles garantías, está obligada a obrar con toda la previsión, con toda
la cordura y con toda la suma de precauciones que alcanza la prudencia huma-
na. La sociedad no debe emprender acto alguno sin tener antes una idea perfecta
y acabada no sólo del acto en sí mismo, sino también de los medios que para
ejecutarlo son indispensables; y aun todavía necesita agregar la seguridad de que
está en aptitud de emplear esos medios con oportunidad y e cacia.
La ejecución material del acto debe ser regida por las mismas reglas, y su
éxito, asegurado por garantías e caces. Es necesario que el agente encuentre a
su disposición los medios adecuados, y que al emplearlos sepa darles todo el po-
der y e cacia que para el buen éxito son indispensables.

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