De las Medidas de Apremio y Medidas Precautorias

AutorPérez Chavez, José - Fol Olguin, Raymundo
Páginas938-942
Concepto de precio, costo o monto total a pagar
6o.- Para efectos de lo dispuesto en los artículos 1o., fracción III,
7-Bis; 43; 66, fracción III; 73-Bis, fracciónIX; 73-Ter,fracción VII y demás
relativos de la Ley,se entiende por precio total, costo total o monto total
a pagar,al precio, costo o monto, relativo a operaciones al contado o a
crédito que incluya, según corresponda, los conceptos siguientes: im-
puestos, comisiones, intereses, seguros y cualquier otro costo, cargo,
gasto o erogación adicional que se requiera cubrir con motivo de la ad-
quisición o contratación respectiva, tales como los relativos a investiga-
ción, apertura de crédito, avalúos, administración y envío.
En la celebración de operaciones a crédito, incluyendo las operacio-
nes de compraventa a plazo, de pagos diferidos y de exhibiciones pe-
riódicas,antes de la contratación correspondiente, el proveedor deberá
informar al consumidor el costo anual total aplicable a la operación, ex-
presado en términos porcentuales anuales. Para efectos de este artícu-
lo, el costo anual total es el costo de financiamiento quepara fines infor-
mativos y de comparación, incorpora la totalidad de los costos y gastos
del crédito. El referido costo anual total se calculará utilizando la meto-
dología establecida por el Banco de México para el tipo de crédito de
que se trate, vigente en la fecha del cálculo respectivo.
En la publicidad y en cualquier medio por el cual se proporcione infor-
mación relativa al precio de los bienes o servicios que los proveedores
ofrezcan,d eberá señalarse de manera notoria el precio total, costo total
o monto total a pagar relativo a operaciones al contado, según corres-
ponda y,tratándose de operaciones a crédito, también deberá señalar-
se de manera notoria el Costo Anual Totalrespectivo.
RLFPC–MEDIDAS DE APREMIO
CAPITULO II
De las Medidas de Apremio y Medidas Precautorias
Sección I
Medidas de Apremio
Concepto de medidas de apremio y contenido del acuerdo para
su imposición
7o.- Se entiende por medida de apremio aquélla que la Procuraduría
imponepara hacer cumplir coactivamente l os actos administrativos por
ellaordenados mediante oficios, acuerdoso resoluciones, así como los
convenios ante ella celebrados.
Elacuerdooelactaenelqueseimpongalamedidadeapremiodebe
-
rá indicar la o las disposiciones que se presuman violadas o infringidas
porel proveedor, así como los elementos que soporten la imposición de
dicha medida.
6o.- RLFPC–MEDIDAS DE APREMIO 938

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