Información sobre la revisión de la situación fiscal, específico para entidades paraestatales federales

AutorFernando López Cruz
Páginas151-151

Page 151

Como lo apunto con anterioridad, las entidades paraestatales federales, por disposición expresa del artículo 32-A del CFF, no pueden optar por dictaminar para efectos fiscales sus estados financieros, siendo que, en la generalidad de los casos, a los auditores externos de éstas se les pide que emitan un informe sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales a que se encuentran sujetos como contribuyentes o en su carácter de retenedor; lo que aunado al hecho de que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32-H, fracción III del CFF, están obligadas a presentar ante el SAT lo que se denomina declaración informativa sobre su situación fiscal, hizo necesario que para suplir al dictamen fiscal la Dirección General de Auditorías Externas de la SFP, mediante oficio No. DGAE/212/003/2015, de fecha 29 de mayo de 2015, dirigido a las firmas auditoras de ese tipo de entidades, da a conocer el modelo de informe fiscal que éstas, como auditores externos, deben presentar con motivo de la auditoría realizada a los estados financieros del ejercicio 2014 de ese tipo de entidades; documento en el cual se hacen aseveraciones sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales y se citan algunos apartados de la declaración informativa antes señalada.

Ejercicios 2017, 2016 y 2015

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