Caso práctico dictamen para fines financieros

AutorFernando López Cruz
Páginas263-304

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Comentario:

  1. Este ejemplo se trata de una sociedad con giro industrial.

    2. El modelo de informe está elaborado conforme a lo señalado en la NIA 700, revisada, y para una mejor comprensión de su contenido se indica el número asignado en la NIA a cada uno de los apartados que corresponde a los párrafos que integran las distintas secciones del informe. En el caso de que sea necesario incluir salvedades, párrafo de énfasis, cuestiones clave de auditoría, sobre negocio en marcha, o párrafo de otras cuestiones, colocarlos en el lugar que, de acuerdo con las NIA 705, revisada, y 706, revisada, les corresponde dentro del cuerpo del texto.

    3. Si las cifras son por montos significativos, se puede presentar en miles de pesos.

    4. En los términos del encargo de auditoría, el informe de auditoría independiente se emite bajo la modalidad de “estados financieros comparativos”, por tal motivo, el auditor en la sección “Opinión” hace mención a las cifras de los ejercicios 2017 y 2016, tal como se menciona en la NIA 710 en su apartado 15.

    5. Si los estados financieros son comparativos, pero los del año inmediato anterior los auditó otro contador público (o no fueron auditados) en el párrafo que lleva por nombre sección de “Otras cuestiones” del informe de auditoría se hace la aclaración respectiva (NIA 710, apartados 13, 14, 17, 19 y A7), y se coloca después del párrafo de énfasis, si es que hubiera, ya que de no ser así se ubica después de la sección “Fundamento de la opinión” (NIA 706, revisada, apartados 11, A16 y A17).

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    6. Si el informe se emite en la modalidad de cifras correspondientes de periodos anteriores, de acuerdo con lo mencionado en la NIA 710, apartado 6(b), en los dos párrafos que integran la sección “Opinión”, sólo se hace mención a las cifras del año 2017.

    7. Para la redacción del informe de auditoría, además de los lineamientos generales contenidos en la NIA 700, revisada, cuando se tengan inversiones en acciones representativas del capital de otras compañías deben observarse los de la NIA 600, la cual en su anexo 1 contiene un ejemplo que orienta sobre el fraseo a emplear para redactar el texto del informe cuando haya ese tipo de inversiones.

    8. En el ejemplo de la NIA 600 en el primer párrafo de la sección “Opinión” la palabra consolidados se antepone a cada uno de los nombres de los estados financieros, lo cual considero es repetitivo, por lo que en su caso recomiendo utilizar las pala-bras consolidado (o no consolidado según sea el caso) en el citado primer párrafo, colocándola inmediatamente después de la mención a los estados financieros, lo cual en mi opinión abarca al conjunto de los cuatro estados motivo de esta revisión.

    9. De acuerdo con lo señalado en la NIA 706, revisada, apartado A16 y su Anexo 3, cuando se incluye un párrafo de énfasis, éste se coloca inmediatamente después de la sección “Fundamento de la opinión”.

    10. Si además del párrafo de énfasis se requiere agregar un párrafo de otras cuestiones, éste se ubica después del párrafo de énfasis (NIA 706, revisada, apartado A16 y su Anexo 3); en consecuencia, el auditor debe estar atento para cuando se presente esa particularidad.

    11. Además de los comentarios anteriores, véase los que están incluidos en el texto del informe (dictamen), en los estados financieros y los intercalados en las notas a éstos.

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    Comentario: El estado de situación financiera se prepara de acuerdo con las disposiciones contenidas en la NIF B-6, por lo que en atención a ello este modelo cumple con los lineamientos normativos contenidos en esa NIF B-6, y con el anexo de su Apéndice A.

    Por supuesto que el modelo admite las modificaciones que por la naturaleza de la entidad, y el juicio profesional de los emisores, sean adecuados.

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    Comentarios:

  2. Este modelo corresponde a la presentación del resultado integral en un solo estado, de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo 54.1, inciso a), y en el ejemplo A.1 contenido en el Apéndice A de la NIF B-3.

    2. En este caso no hay partidas o conceptos que de acuerdo con la NIF B-3, párrafos 52.11.1 y 52.11.3, y de manera particular en los anexos A.1 y A.2 de ésta, se consideren otros resultados integrales; por lo tanto, en los casos que si haya, se presentan en el rubro que lleva ese nombre, el cual de acuerdo con la NIF B-3, párrafo 52.11.4 se ubica en el lugar que se muestra en este ejemplo.

    3. La NIF B-3 no requiere presentar los rubros de otros ingresos y otros gastos (párrafo 52.14.4), ni el rubro de utilidad o pérdida de operación (párrafos 52.14.4 y 52.14.5), no obstante de acuerdo con la propia NIF B-3, en los párrafos antes señalados, en su párrafo IN11 y en su párrafos BC8 y BC9, así como en el documento de mejoras a las NIF 2017, si la entidad emisora de la información lo juzga conveniente, esos conceptos los puede mostrar como concepto específico.

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    4. El hecho de ya no presentar el rubro de otros ingresos y otros gastos, para fines de comparabilidad de la información lleva a que el emisor defina sobre:

    a) Si en el ejercicio 2017 se utilizó el rubro otros ingresos y otros gastos, el monto específico se puede reasignar a costos y gastos que correspondan, incluso a las ventas o ingresos.

    De optar por esta decisión, en mi opinión no es necesario reformular de manera retrospectiva los estados financieros, basta con que en una nota se especifique el asunto (considero aplica el concepto “impráctico” a que se refiere la NIF B-1, párrafos 21 a 23).

    b) Si se decide por dejar el rubro de otros ingresos y otros gastos, tiene que ser para ambos ejercicios, o sea 2017 y 2016.

    c) En el caso de la PTU que hasta 2012 se presentaba en el rubro de otros ingresos y otros gastos (NIF D-3, párrafo 116, vigente hasta el 31 de diciembre de 2012); a partir de 2013 se presenta en los costos o gastos según corresponda (NIF D-3, párrafo 116, modificado en el documento de mejoras 2016, 2014; y que estuvo en vigor para los ejercicios terminados en diciembre de 2016).

    A partir de los ejercicios que inicien el 1° de enero de 2017, entra en vigor la nueva NIF D-3, y en su párrafo 51.2., menciona que la PTU se presenta como parte de los costos o gastos, según corresponda al lugar en que se desempeña el personal beneficiario del pago.

    En el caso de entidades no lucrativas, la PTU se presenta dentro del estado de actividades como parte de los cambios al patrimonio.

    5. Si hubiera partidas que se consideren otros resultados integrales, después del concepto resultado integral se adicionarán los rubros “utilidad neta atribuible” y “resultado integral atribuible”.

    6. De acuerdo con la NIF B-3 el estado de resultado integral no le es aplicable a las entidades con propósitos no lucrativos (párrafo 20.2), pues éstas emiten el estado de actividades de acuerdo con lo señalado en la NIF B-3.

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    Comentarios:

  3. Este modelo está elaborado en los términos requeridos por la NIF B-4, en vigor a partir del 1° de enero de 2013, con la particularidad de que la columna “total de capital contable” la coloco en la primer columna de izquierda a derecha, en lugar de ponerla en la última columna como lo muestra el ejemplo de la NIF B-4, sin embargo, esa reubicación no cambia en nada el fondo técnico.

    2. Asimismo, las utilidades acumuladas se presentan mostrando las columnas que integran los conceptos que agrupan ese rubro.

    3. Considero que la modalidad de presentar el estado de cambios en el capital utilizando las columnas antes señaladas, no modifica el fondo técnico de lo que se informa.

    4. En este ejemplo, como se puede apreciar en el estado de resultado integral, la sociedad no tiene partidas que formen parte del rubro “otros resultados integrales” pero, si lo hubiera, en este estado financiero se agrega una columna con el nombre de otros resultados integrales y se coloca a la derecha de la columna “utilidades acumuladas”; tal y como se muestra en el ejemplo A.2.1., del Apéndice A a esa NIA.

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    LA INDUSTRIAL, S.A. DE C.V.

    NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS POR LOS EJERCICIOS TERMINADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2017 Y 2016

    Comentario: La NIF A-3, en su párrafo 11, inciso a) dice que los estados financieros y sus notas forman un todo o unidad inseparable y, por lo tanto, en todos los casos deben de presentarse de manera conjunta, y acorde con ello, el párrafo 43 de esa NIF señala que las notas a los estados financieros son parte integrante de éstos; por su parte la NIF A-7, en sus párrafos 12 a 14 se refiere a lo que usualmente se describe en las notas a los estados financieros, y en el párrafo 13 dice que éstas deben llevar un orden lógico; y en sus párrafos 17, 18 y 18-A da orientaciones adicionales para la elaboración de los estados financieros; por lo tanto, atendiendo a esos lineamientos es que se estructuraron y ordenaron las notas que se presentan a continuación.

    Por supuesto dependiendo de la naturaleza y objeto social de la entidad emisora es el contenido y extensión de las notas.

    1. DESCRIPCIÓN DE LA ENTIDAD

    a) Constitución y objeto

    La compañía fue constituida el 3 de abril de 1973, bajo la denominación de LA INDUSTRIAL, adoptando el régimen de Sociedad Anónima. Posteriormente, en Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de fecha 18 de diciembre de 1981, se tomó el acuerdo de transformar a la sociedad al régimen de Capital Variable, quedando la denominación social de la empresa como LA INDUSTRIAL, S.A. de C.V. La actividad principal es la fabricación, compra-venta, importación y exportación de toda clase de empaques y artículos de material plástico; así como celebrar toda clase de actos y contratos que se relacionen con su actividad.

    Comentario: En esta nota también puede adicionarse la mención a asuntos tales como: la transformación de la sociedad, precisar la actividad de la cual provienen los ingresos, u otros que el emisor juzgue de importancia...

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