Normas de Información Financiera

AutorFernando López Cruz
Páginas80-113

Page 80

VI 1 Emitidas por el CINIF

Por su naturaleza, la información financiera debe dar a conocer, de manera concisa y objetiva, la situación patrimonial de una entidad, así como informar sobre los resultados obtenidos y la forma en que se ha allegado de recursos financieros; además del uso que se ha dado a éstos. Por supuesto, a esos datos se les agregan los comentarios pertinentes, de tal forma que se permita conocer el desarrollo y la manera en que se administra una entidad, sea ésta de naturaleza mercantil, civil o gubernamental, y las prospectivas de continuar siendo una entidad en funcionamiento o como también se denomina seguir siendo negocio en marcha. Dicha información se prepara cumpliendo con los requisitos contenidos en Normas de Información Financiera (NIF), que son las normas contables, de uso obligatorio, que desde el 1o. de enero de 2006 sustituyeron los principios de contabilidad que hasta esa fecha elaboraba y divulgaba el IMCP.

La responsabilidad de investigar, preparar y difundir formalmente las Normas de Información Financiera es facultad del Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera (CINIF, nombre adoptado a partir del 1o. de junio de 2011), el cual es un organismo autónomo en su patrimonio y operación, constituido en el año 2002; en consecuencia, goza de todas las facultades legales para que, en congruencia con las tendencias internacionales, sea la entidad responsable de emitir reglas contables.

La elaboración de Normas de Información Financiera constituye un proceso de revisión y análisis de los principios y reglas contables que hasta el 31 de mayo de 2004 había publicado el IMCP. En ese sentido, el CINIF ha tenido a su cargo la revisión de la normatividad contable que debe ser utilizada para el registro de las operaciones y la preparación de información financiera; así como para homologarla a la que se emplea en la práctica internacional.

La actualización, revisión y emisión de normas contables por su propia naturaleza, es una labor continua, y como resultado de los avances logrados el CINIF periódicamente emite estudios que difunde a través de su página de Internet para todos los interesados en ese tipo de información.

Page 81

Acta de entrega

El protocolo de transferencia de la responsabilidad legislativa en materia de investigación y emisión de Normas de Información Financiera lo suscribieron el 31 de mayo de 2004 el IMCP y el CINIF, y por ser un documento que juzgo de importancia profesional, me permito presentar el acta respectiva, así como el comunicado de fecha 1o. de junio de 2011 referente al cambio de nombre del CINIF.

Comunicado de cambio de nombre

Con fecha 1º de junio de 2011 el CINIF, sin perder las siglas, cambió de nombre, y al efecto emitió el comunicado que a continuación se reproduce.

Page 82

Page 83

Page 84

Denominación NIF

Atendiendo al hecho de que desde el 1º de junio de 2004 el CINIF tiene facultades para emitir normas contables, y aunado a que le fueron transferidos los boletines de principios de contabilidad, la denominación de las reglas contables, incluyendo, por supuesto, los que eran principios de contabilidad, desde el 1º de enero de 2006 es el de Normas de Información Financiera, es decir, se sustituye el nombre de principios de contabilidad.

La razón por la cual digo que desde el 1º de enero de 2006 el conjunto de normas con-tables llevan el nombre de Normas de Información Financiera (NIF) se fundamenta y explica en los siguientes párrafos.

Para una adecuada familiarización con los nuevos vocablos técnicos, me permito transcribir las definiciones que se contienen en el sexto párrafo del prólogo realizado al libro elaborado por el CINIF, editado y publicado por el IMCP, décima tercera edición, enero de 2018.

El CINIF es el encargado directo de desarrollar dicha normatividad; para lograrlo, lleva a cabo procesos de investigación y auscultación entre la comunidad financiera y de negocios, y otros sectores interesados, dando como resultado, la emisión de documentos llamados “Normas de Información Financiera (NIF)”, Mejoras a las mismas o, en su caso, “Interpretaciones a las Normas de Información Financiera (INIF)” y “Orientaciones a las Normas de Información Financiera (ONIF)”, siendo las Mejoras un documento que incluye propuestas de cambio puntuales que se integran a las NIF; así como a las INIF y ONIF, que son aclaraciones y guías de implementación de las NIF. La filosofía de las NIF es lograr, por una parte, la armonización de las normas locales utilizadas por los diversos sectores de nuestra economía; y, por otro lado, converger en el mayor grado posible, con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad.

Por otra parte, en el libro antes aludido, en los párrafos séptimo, octavo y noveno del prólogo, se menciona lo siguiente:

Cuando se haga referencia genérica a las NIF, deberá entenderse que éstas comprenden tanto a las normas emitidas por el CINIF como a los boletines emitidos por la CPC que le fueron transferidos al CINIF el 31 de mayo de 2004. Sin embargo, cuando se haga referencia específica a alguno de los documentos que integran las NIF, éstos se llamarán por su nombre original, esto es, Normas de Información Financiera o Boletín, según sea el caso.

Page 85

Derivado de lo anterior, la estructura de las NIF es la siguiente:

a) las NIF, las INIF y las ONIF emitidas por el CINIF;
b) los Boletines y Circulares emitidos por la CPC, que no hayan sido modificados, sustituidos o derogados por las nuevas NIF; y

c) las NIIF aplicables de manera supletoria.

Cabe señalar que las “Circulares” son recomendaciones o aclaraciones emitidas en su momento por la CPC, pero que no asumen la forma de una norma, pues no pasaron por un proceso de auscultación. Empero, debido a su importancia como guías, seguirán formando parte de esta publicación hasta en tanto no pierdan su función.

Por su parte, la NIF A-1, en sus párrafos octavo y noveno, señala: Las NIF se conforman de:

a) las NIF, sus Mejoras, las Interpretaciones a las NIF (INIF) y las orientaciones a las NIF (ONIF), aprobadas por el Consejo Emisor del CINIF y emitidas por el CINIF;

b) los Boletines emitidos por la Comisión de Principios de Contabilidad (CPC) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) y transferidos al CINIF el 31 de mayo de 2004, que no hayan sido modificados, sustituidos o derogados por nuevas NIF; y

c) las Normas Internacionales de Información Financiera aplicables de manera supletoria.

Cuando se haga referencia genérica a las Normas de Información Financiera, debe entenderse que éstas abarcan las normas emitidas por el CINIF, así como la totalidad de los Boletines transferidos al CINIF por el IMCP el 31 de mayo de 2004. En los casos en los que se haga referencia específica a alguno de los documentos que integran las NIF, éstos se identificarán por su nombre original; esto es, “Norma de Información Financiera”, “Interpretación a las NIF”, “Orientación a las NIF” o “Boletín”, según sea el caso.

En cuanto a las Circulares expedidas por el IMCP, el párrafo 17 de la NIF A-1 indica:

Las Circulares transferidas al CINIF por el IMCP el 31 de mayo de 2004, se mantendrán vigentes como orientaciones al usuario general en tanto no se deroguen por una NIF o INIF emitida por el CINIF.

Page 86

Conclusión

No obstante que desde el 1o. de enero de 2006 entraron en vigor las NIF, en los primeros años de su aplicación éstas coexistieron con algunos textos emanados de los principios de contabilidad, y al conjunto de esa normatividad técnicamente es (o fue aceptado) denominarlo Normas de Información Financiera.

Aspectos de Normas de Información Financiera en la preparación de informes

La preparación del dictamen fiscal de manera implícita requiere conocer, tanto de normas de auditoría como de normas contables, ante ello, y sin pretender realizar un análisis o estudio de estas últimas, me permito presentar los siguientes comentarios, partiendo de que en el párrafo IN 12 del apartado correspondiente a la introducción de la NIF A-I se indica:

El término de “Normas de Información Financiera” se utiliza en sustitución del de “Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados (PCGA)” dado que esta nueva denominación expresa con mayor claridad el carácter normativo y por ende obligatorio de una norma aplicable a la elaboración de información financiera. Este enfoque se apoya, entre otras cosas, en el hecho de que las normas se van adaptando a los cambios experimentados en el entorno bajo el cual operan las entidades; lo anterior significa que las NIF se van modificando, otras se eliminan, o bien, se van emitiendo nuevas disposiciones; por lo tanto, no debe considerarse lo afirmado en ellas como fundamento inamovible. Además, eliminar el término de PCGA sigue la tendencia internacional, dado que los organismos líderes, emisores de normas contables, han removido el término “principio” de sus pronunciamientos, sustituyéndolo por el de “norma”, para reafirmar la adopción de un planteamiento lógico y deductivo en el desarrollo de su normatividad.

Por lo que hace al concepto de las NIF, en el sexto párrafo de la NIF A-1, éstas se definen de la siguiente manera:

El término de “Normas de Información Financiera” se refiere al conjunto de pronunciamientos normativos, conceptuales y particulares, emitidos por el CINIF o transferidos al CINIF, que regulan la información contenida en los estados financieros y sus notas, en un lugar y fecha determinados, que son aceptados de manera amplia y generalizada por todos los usuarios de la información financiera.

Page 87

Por cuanto a su conformación, de acuerdo con el décimo párrafo de la NIF A-1, las NIF comprenden...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR