Conclusiones

AutorCarlos Orozco-Felgueres Loya
Cargo del AutorPresidente del Grupo Orozco-Felgueres, consultores fiscales y patrimoniales
Páginas185-186
CONCLUSIONES
Toda operación de negocios está incluida dentro de los ámbitos empresarial, profesional y
personal, como un reflejo de nuestra participación en la actividad económica y en los movimientos
de flujo de efectivo plasmados tanto en un estado de cuenta bancario, así como en los bienes
muebles e inmuebles que representan nuestro patrimonio personal, mismo que se ha ido formando
a través del tiempo.
Dentro de este estudio se ha mencionado a la Ley del Impuesto sobre la Renta, la cual nos indica
claramente que los elementos de la contribución son el objeto, la base, el sujeto y la tasa o tarifa.
También se mencionaron las facultades con que cuenta la autoridad fiscal, así como los medios de
defensa, recursos administrativos y el amparo, los cuales nos permiten, en un momento dado,
manifestar nuestra inconformidad ante un acto administrativo o una resolución de la autoridad fiscal
que afecte nuestros intereses, porque aun cuando seamos un contribuyente que ha cumplido con
sus obligaciones fiscales, no por ello estamos exentos de incurrir en una infracción prevista en las
leyes fiscales, la cual nos someta a una controversia ante dichas autoridades.
Por otra parte, las facultades actuales de las autoridades hacendarias, en lo referente al ejercicio
de comprobación del cumplimiento de las obligaciones fiscales, les permite la presunción de
ingresos omitidos ante supuestos fiscales señalados en la ley, los cuales en ocasiones no son
precisos, lo que ha permitido que la autoridad vaya más allá de lo permitido por la ley. No obstante,
al ir bajo otro objetivo, que es la recaudación, si no utilizamos las herramientas legales para
defendernos, esas acciones pueden tener un impacto de trascendencia en nuestro patrimonio.
Las disposiciones fiscales obligan al contribuyente a proporcionar información oportuna a las
autoridades de la materia, lo cual facilita a éstas su labor de fiscalización, pero requieren una
mayor capacidad administrativa por parte del contribuyente para poder cumplir con todas las
obligaciones.
Aunado a lo ya mencionado, también los supuestos de delitos fiscales se han ido conformando en
mayor cantidad, lo que hace que las probabilidades de estar incurriendo en una infracción o delito
fiscal, en el cual se ponga en riesgo nuestra libertad, se incrementen.
Por ello es de suma importancia estar preparados para afrontar cualquier eventualidad derivada de
la presunción de ingresos, o alguna otra presunción que señalen las leyes fiscales, donde la carga
de la prueba la tiene el contribuyente.
Asimismo, como parte de las medidas preventivas se recomienda llevar a cabo las siguientes
acciones:
• Documentar completamente toda operación comercial y/o personal.
• Que exista una razón de negocios o que estos últimos sean lógicos, de acuerdo a nuestra
capacidad económica.
• Identificar los supuestos de presunción de ingresos en la legislación fiscal, sin dejar de apreciar
los diversos supuestos que puede contener un mismo artículo de ley.
• Conservar la información y documentación durante 10 años, para efectos de poder utilizarla ante
cualquier presunción por parte de las autoridades fiscales.
• Llevar correctamente la contabilidad patrimonial personal, lo cual permita monitorear el supuesto
de una discrepancia fiscal.
• Evitar toda operación que ponga en riesgo la estabilidad de la empresa o de nuestra persona.
Además podemos efectuar las siguientes medidas en la defensa de nuestros intereses:
• Prestar atención a la actuación de las autoridades hacendarias en el ejercicio de sus facultades
de comprobación.
• Verificar la correcta aplicación del Procedimiento Administrativo de Ejecución.
• Agotar los medios de defensa, así como los recursos administrativos que señalan las leyes
fiscales y, si es necesario, también lo establecido en la Ley de Amparo.
Finalmente, debemos reconocer que la autoridad fiscal cuenta con la infraestructura suficiente para
llevar a cabo su labor de fiscalización y recaudación de contribuciones. Por lo anterior, se hace
necesario que como contribuyentes contemos con una planeación administrativa y fiscal, la cual
nos permita desarrollar nuestra actividad económica, cumpliendo con nuestras obligaciones

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