De la acción de la administración sobre las personas

AutorCharles-Jean Bonnin
Páginas342-345
CAPÍTULO VIII.
DE LA ACCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN
SOBRE LAS PERSONAS
H
ASTA AQUÍ HEMOS CONSIDERADO
al administrador en sus relaciones públi-
cas y civiles, y aunque es muy difícil hablar solamente de las personas sin
tocar la propiedad, por medio de la abstracción lo consideraremos ahora
simplemente en sus diversas maneras de ser en el Estado; es decir, habla-
remos de la acción administrativa que tiene más relación sobre las perso-
nas que sobre las propiedades.
El ejercicio de esta acción está en la administración propiamente dicha,
y en la policía. La primera pone a las personas y las cosas en armonía
unas con otras; la segunda es el ojo de la supervigilancia que impide se
turbe esa armonía. La administración es la dirección suprema, y la policía
es un medio de detalles. Aquélla abraza las personas, los bienes y las
acciones; esta mira más a las acciones que a las personas y propiedades.
Aquélla es dirigente por naturaleza; mas ésta es reprimente por esencia, y
ambas concurren como medios de ejecución a formar la acción administra-
tiva sobre las personas y propiedades, asegurando el orden público y por
consiguiente a la sociedad.
Sección Primera
D
ELA
A
GRICULTURA
,I
NDUSTRIA Y
C
OMERCIO
La legislación influye poderosamente en las causas de la población, pero
esta depende más de la voluntad del gobierno y de la sabiduría de la admi-
nistración. Las recompensas acordadas al padre que tenga mayor número
de hijos no contribuyen tanto a la multiplicación de la especie humana,
como a una subsistencia cómoda generalmente proporcionada a todas las
clases según sus facultades. Todo lo que tiende a asegurar esta comodidad,
a facilitar la satisfacción de las primeras necesidades de la vida, a mejorar
el sustento de los pobres, a proporcionarles un trabajo asegurado para
criar su familia, a prevenir los daños y las enfermedades que nacen de la
insalubridad del aire y de las aguas, a facilitar las comunicaciones y trans-
portes de los géneros, y a garantizar la seguridad en las ciudades y en los
campos, debe ser el objeto constante de las investigaciones del administra-
dor y de los consejeros administrativos.
Deben pues proteger por todos los medios posibles la agricultura, la
industria y el comercio, sin olvidar el principio del sabio ministro Turgot,
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