Tipos y modalidades de violencia

AutorEdiciones Fiscales ISEF
Páginas3-8
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LEY ACCESO MUJERES BAJA CALIFORNIA/TIPOS Y MODALIDADES... 5-6
ARTICULO 5. Para efectos de la presente Ley, la perspectiva de género es una
visión científica, analítica y política sobre las mujeres y los hombres. Se propone
eliminar las causas de la opresión de género como la desigualdad, la injusticia
y la jerarquización de las personas basada en el género. Promueve la igualdad
entre los géneros a través de la equidad, el adelanto y el bienestar de las mujeres;
contribuye a construir una sociedad en donde las mujeres y los hombres tengan
el mismo valor, la igualdad de derechos y oportunidades para acceder a los recur-
sos económicos y a la representación política y social en los ámbitos de toma de
decisiones.
CAPITULO II
TIPOS Y MODALIDADES DE VIOLENCIA
ARTICULO 6. Los tipos y modalidades de violencia enumerados por esta Ley,
serán sancionados en los términos de la normatividad aplicable.
Reconociendo como tipos de violencia los siguientes:
I. Violencia Psicológica. Entendida como cualquier acto u omisión que dañe la
estabilidad psicológica, que puede consistir en: negligencia, abandono, descuido
reiterado, celotipia, insultos, humillaciones, devaluación, marginación, indiferencia,
infidelidad, comparaciones destructivas, rechazo, restricción a la autodetermina-
ción y amenazas, que pueda conllevar a la víctima a la depresión, al aislamiento, a
la devaluación de su autoestima e incluso al suicidio;
II. Violencia Física. Es cualquier acto que inflige daño no accidental, usando la
fuerza física o algún tipo de arma u objeto que pueda provocar o no lesiones ya
sean internas, externas, o ambas;
III. Violencia Patrimonial. Es cualquier acto u omisión que afecta el desarrollo
adecuado de la víctima, se manifiesta en: la transformación, sustracción, destruc-
ción, retención o distracción de objetos, documentos personales, bienes y valores,
derechos patrimoniales o recursos económicos destinados a satisfacer las nece-
sidades de la víctima, así como los daños a los bienes comunes o propios de la
víctima;
IV. Violencia Económica. Es toda acción u omisión del Agresor que afecta la
supervivencia económica de la víctima, se manifiesta a través de limitaciones enca-
minadas a controlar el ingreso de sus percepciones económicas, así como la per-
cepción de un salario menor por igual trabajo, dentro de un mismo centro laboral;
V. Violencia Sexual. Es cualquier acto que degrada a daña el cuerpo y/o la
sexualidad de la víctima y que por tanto atenta contra su libertad, dignidad e integri-
dad física, incluyéndose la exhibición del cuerpo de la mujer en imágenes privadas
o comerciales que inciten a realizar actividades de índole sexual. Es una expresión
de abuso de poder que implica la supremacía masculina sobre la mujer, al deni-
grarla y concebirla como objeto;
VI. Violencia Obstétrica. Toda conducta, acción u omisión que ejerza el per-
sonal de salud, de manera directa o indirecta, y que afecte a las mujeres durante
los procesos de embarazo, parto o puerperio, mediante un trato deshumanizado,
omisión de atención oportuna y eficaz, prácticas sin consentimiento como esterili-
zación o realizar cesárea sin motivo;
VII. Violencia Digital. Es cualquier acto de acoso, hostigamiento, amenazas,
vulneración de datos e información privada, divulgación de información, mensaje
de odio, difusión de contenido sexual sin consentimiento expreso de la afectada,
textos, fotografías, videos y/o datos personales u otras impresiones gráficas o so-
noras, verdaderas o alteradas, o cualquier otra acción que sea cometida a través
de las tecnologías de información y comunicación, plataformas de Internet, redes
sociales, correo electrónico, aplicaciones, o cualquier otro espacio digital, que
atente, dañe o afecte la integridad, intimidad, libertad, vida privada, o los derechos
humanos de las mujeres;
VIII. Violencia Mediática. Es toda acción tendiente a publicar o difundir cual-
quier tipo de mensaje o imagen a través de cualquier medio masivo de Telecomu-
nicación, que estereotipe, insulte, denigre, discrimine, deshonre, humille o atente
contra la dignidad de las mujeres; y

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