Rescisión de las relaciones de trabajo

AutorJavier Martínez Gutiérrez
Páginas53-55
LA REFORMA LABORAL Y SUS EFECTOS FISCALES 53
CAPITULO VI
RESCISION DE LAS RELACIONES DE TRABAJO
6.1. RESCISION DE LA RELACION DE TRABAJO SIN
RESPONSABILIDAD PARA EL PATRON
En el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, se agregan
las siguientes causales de rescisión de la relación de trabajo,
sin responsabilidad para el patrón:
a) Incurrir el trabajador, durante sus labores, en fal-
tas de probidad u honradez, en actos de violencia,
amagos, injurias o malos tratamientos en contra del
patrón, sus familiares o del personal directivo o ad-
ministrativo de la empresa o establecimiento, o en
contra de clientes y proveedores del patrón, salvo
que medie provocación o que obre en defensa pro-
pia, fracción II artículo 47 LFT.
b) Cometer el trabajador actos inmorales o de hosti-
gamiento y/o acoso sexual contra cualquier persona
en el establecimiento o lugar de trabajo, fracción VIII
artículo 47 LFT.
c) La falta de documentos que exijan las leyes y
reglamentos, necesarios para la prestación del
servicio cuando sea imputable al trabajador y que
exceda del período de dos meses, fracción XIV Bis
artículo 47 y fracción IV artículo 43 LFT.
6.2. AVISO DE RESCISION AL TRABAJADOR O JUNTA
DE CONCILIACION
El patrón que despida a un trabajador deberá darle aviso
escrito en el que refiera claramente la conducta o conductas

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