Normas oficiales mexicanas de seguridad

AutorJavier Martínez Gutiérrez
Páginas61-63
LA REFORMA LABORAL Y SUS EFECTOS FISCALES 61
CAPITULO IX
NORMAS OFICIALES MEXICANAS DE SEGURIDAD
9.1. NORMAS OFICIALES MEXICANAS DE SEGURIDAD
Se añade como obligaciones de los patrones que deben
cumplir con las normas oficiales mexicanas en materia de
seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, a efecto de
prevenir accidentes y enfermedades laborales. Asimismo,
deberán adoptar las medidas preventivas y correctivas que
determine la autoridad laboral, 132 fracción XVI LFT.
Fijar visiblemente y difundir en los lugares donde se preste
el trabajo, las disposiciones conducentes de los reglamentos
y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, sa-
lud y medio ambiente de trabajo, así como el texto íntegro del
o los contratos colectivos de trabajo que rijan en la empresa;
asimismo, se deberá difundir a los trabajadores la informa-
ción sobre los riesgos y peligros a los que están expuestos,
132 fracción XVIII LFT.
Es obligación de los trabajadores, observar las disposicio-
nes contenidas en el reglamento y las normas oficiales mexi-
canas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de
trabajo, así como las que indiquen los patrones para su segu-
ridad y protección personal, 134 fracción II LFT.
9.2. INSTALACIONES PARA PERSONAS CON DISCAPA-
CIDAD
También se añade como obligación de los patrones contar,
en los centros de trabajo que tengan más de 50 trabajadores,
con instalaciones adecuadas para el acceso y desarrollo de
actividades de las personas con discapacidad, 132 fracción
XVI Bis.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR