Reporte 14. Bases jurídicas sobre el abasto de alimentos y el derecho a la alimentación

Páginas67-79
BASES JURÍDICAS SOBRE
EL ABASTO DE ALIMENTOS
Y EL DERECHO A LA ALIMENTACIÓN
1. INTRODUCCIÓN
El agravamiento de los problemas alimentarios
de amplios sectores de la población en México
y el mundo, a consecuencia del alza del precios
de los alimentos en el año 2008 y provocados en
gran medida por el aumento de los precios inter-
nacionales de los cereales y oleaginosas, puso en
la agenda política nacional la discusión de esta
problemática y el que se emprendieran acciones
legislativas y gubernamentales para atenderla,
tanto en sus manifestaciones más críticas, como
en las de tipo estructural que hacen que preva-
lezcan graves problemas de salud originados por
una alimentación inadecuada.
Entre las acciones legislativas se encuentra
la aprobación, en 2011, de la reforma constitu-
cional que adiciona un tercer párrafo al Artículo
4o., para el reconocimiento del derecho huma-
no a la alimentación, así como la adición de un
segundo párrafo a la fracción XX del Artículo 27,
para establecer que entre los nes de la promo-
ción del desarrollo rural integral y sustentable
que menciona en el primer párrafo, está “que el
Estado garantice el abasto suciente y oportuno
de los alimentos básicos que la ley establezca.
La anterior reforma ya ha tenido impactos
en la denición de políticas públicas en materia
alimentaria por parte del Ejecutivo Federal. Por
su importancia se destacan las siguientes: a) la
aprobación del Programa Nacional México sin
Hambre, con el cual se formaliza en la estructu-
ra programática al previamente creado Sistema
Nacional para la Cruzada contra el Hambre (SIN-
HAMBRE), para la coordinación de acciones de
las dependencias y entidades públicas, con el
objetivo de atender el problema alimentario
más crítico que es el hambre; b) la recuperación
en el programa sectorial agropecuario del prin-
cipio de la autosuciencia alimentaria, al esta-
blecer la meta de que la producción nacional
de granos y oleaginosas represente el 75 por
ciento de su oferta total en el país; y c) las ini-
ciativas de reformas a la legislación scal apro-
badas por el Congreso de la Unión, en las que
se grava la comercialización de bebidas azuca-
radas y los alimentos de alto contenido calórico
con el n de inhibir su consumo; también se
debe considerar como “acciones”, la decisión
de no gravar con el impuesto al valor agregado
a los alimentos para no afectar el consumo de
la población de bajos ingresos y el mantener las
exenciones scales al mayoritario sector de pe-
queños productores agropecuarios.
El programa, meta y acciones anteriormen-
te mencionados, si bien se perlan como parte
de una política alimentaria, en sentido estricto,
en el país no se ha denido una política alimen-
taria, la cual se debe originar de las disposicio-
nes jurídicas que la estipulen, al igual que las fa-
cultades de las dependencias y entidades para
planear y ejecutar acciones, con la nalidad de

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