Relación entre Acciones Colectivas y Acciones Individuales

AutorPérez Chavez, José - Fol Olguin, Raymundo
Páginas538-538
CFPC-ACCIONESCOLECTIVAS E INDIVIDUALES
CAPITULO VII(1)
Relación entre Acciones Colectivas
y Acciones Individuales
(1)
Improcedencia de acumulación entre procedimientos individua-
les y colectivos
613.- No procederá la acumulación entre procedimientos individua-
les y procedimientos colectivos.
En caso de coexistencia de un proceso individual y de un proceso co-
lectivo proveniente de la misma causa, el mismo demandado en ambos
procesos informará de tal situación a los jueces.
El juez del proceso individual notificará a la parte actora de la existen-
cia de la acción colectiva para que en su caso, decida continuar por la
vía individual o ejerza su derecho de adhesión a la misma dentro del
plazo de noventa días contados a partir de la notificación.
Paraqueprocedalaadhesióndelaparteactoraalaaccióncolectiva,
deberá desistirse del proceso individual para que éste se sobresea.
Tratándosede derechos o intereses individuales de incidencia colec-
tiva, en caso de la improcedencia de la pretensión en el procedimiento
colectivo, los interesados tendrán a salvo sus derechos para ejercerlos
por la vía individual.
(1)
CFPC-COSA JUZGADA
CAPITULO VIII(1)
Cosa Juzgada
(1)
Efectos de la sentencia no recurrida
614.- La sentencia no recurrida tendrá efectos de cosa juzgada.
(1)
Caso en que cae una sentencia que causa ejecutoria en procedi-
miento individual
615.- Si alguna persona inició un procedimiento individual al cual re-
cayóuna sentencia que causó ejecuto riano podrá ser incluida dentro de
una colectividad para efectos de un proceso colectivo, si el objeto, las
causas y las pretensiones son las mismas.
(1)
(1) Nota del Editor: Adicionado al Código Federal de Procedimientos Civi-
les, para entrar en vigor a partir del 29 de febrero de 2012, conforme al ar-
tículo primero transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan
Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, publicado en el
DOF el 30/VIII/2011.
613.- CFPC-ACCIONES COLECTIVAS E INDIVIDUALES 538

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