Gastos y Costas

AutorPérez Chavez, José - Fol Olguin, Raymundo
Páginas539-540

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539 CFPC-GASTOS Y COSTAS 616.-

CFPC-GASTOS Y COSTAS

CAPITULO IX (1)

Gastos y Costas (1)

Alcance de la sentencia de condena

616.- La sentencia de condena incluirá lo relativo a los gastos y costas que correspondan. (1)

Obligación de asumir gastos propios y arancel máximo a honorarios de representantes

617.- Cada parte asumirá sus gastos y costas derivados de la acción colectiva, así como los respectivos honorarios de sus representantes.

I. Serán de hasta el 20%, si el monto líquido de la suerte principal no ex-cede de 200 mil veces el salario mínimo diario en el Distrito Federal;
II. Si el monto líquido de la suerte principal excede 200 mil pero es menor a 2 millones de veces el salario mínimo diario en el Distrito Federal, serán de hasta el 20% sobre los primeros 200 mil y de hasta el 10% sobre el excedente, y
III. Si el monto líquido de la suerte principal excede a 2 millones de veces el salario mínimo diario en el Distrito Federal, serán de hasta el 11% sobre los primeros 2 millones, y hasta el 3% sobre el excedente.

(1)

Reglas para liquidar los gastos y costas

618.- Los gastos y costas se liquidarán en ejecución de sentencia de conformidad con las siguientes reglas:
I. Los gastos y costas así como los honorarios de los representantes de la parte actora referidos en el artículo anterior, serán cubiertos en la forma que lo determine el juez, buscando asegurar el pago correspondiente. Dicho pago se hará con cargo al Fondo a que se refiere el Capítulo XI de este Título, cuando exista un interés social que lo justifique y hasta donde la disponibilidad de los recursos lo permita.
(1) Nota del Editor: Adicionado al Código Federal de Procedimientos Civiles, para entrar en vigor a partir del 29 de febrero de 2012, conforme al artículo primero transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan el Código Federal de Procedimientos Civiles, el Código Civil Federal, la Ley Federal de Competencia Económica, la Ley Federal de Protección al Consumidor, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, publicado en el DOF el 30/VIII/2011.

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II. En el caso de las sentencias que establezcan una cantidad cuantifi-cable, la parte actora pagará entre el tres y el veinte por ciento del monto total...

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