Ley del Servicio de Administración Tributaria

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Páginas1259-1282
LEY DEL SERVICIO DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
LSAT–NATURALEZA Y OBJETO
TITULO I
De la Naturaleza, Objeto y Atribuciones
CAPITULO I
De la Naturaleza y Objeto
Concepto de Servicio de Administración Tributaria
1o.- ElServicio deAdministración Tributaria es un órgano desconcentra-
do de la Secretaría de Hacienday Crédito Público, con el carácter de autori-
dad fiscal, y con las atribuciones y facultades ejecutivas que señala esta
Ley.
Responsabilidad del Servicio de Administración Tributaria
2o.- El Servicio de Administración Tributaria tiene la responsabilidad de
aplicar la legislación fiscal y aduanera con el fin de que las personas físicas y
morales contribuyan proporcional y equitativamente al gasto público, de fisca-
lizar a los contribuyentes para que cumplan con las disposiciones tributarias y
aduaneras, de facilitar e incentivar el cumplimiento voluntario de dichas dispo-
siciones, y de generar y proporcionar la información necesaria parael diseño y
la evaluación de la política tributaria.
El Servicio de Administración Tributaria implantará programas y proyec-
tos para reducir su costo de operación por peso recaudado y el costo de
cumplimiento de las obligaciones por parte de los contribuyentes.
Cuando en el texto de esta Ley se haga referencia a contribuciones, se en-
tenderán comprendidos los aprovechamientos federales.
Facultades del Servicio de Administración Tributaria
3o.- El Servicio de Administración Tributaria gozará de autonomía de
gestión y presupuestal para la consecución de su objeto y de autonomía
técnica para dictar sus resoluciones.
Ubicación de las oficinas
4o.- El domicilio del Servicio de Administración Tributaria será la Ciudad
de México, donde se ubicarán sus oficinas centrales. Asimismo, contará
con oficinas en todas las entidades federativas y sus plazas más importan-
tes, así como en el extranjero, a efecto de garantizar una adecuada descon-
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centración geográfica, operativa y de decisión en asuntos de su competen-
cia conforme a esta Ley, al reglamento interior que expida el Presidente de
la República y a las demás disposiciones jurídicas que emanen de ellos.
Integración de los recursos del SAT
5o.- Para la realización de su objeto, el Servicio de Administración Tribu-
taria contará con los siguientes recursos:
I. Los bienes muebles e inmuebles, recursos materiales y financieros que
le sean asignados;
II. Los fondos y fideicomisos que se constituyan o en los que participe en
representación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para tales
fines;
III. Los ingresos que obtenga por la prestación de servicios y gastos de
ejecución, y
IV.Las asignaciones que establezca el Presupuesto de Egresos de la Fe-
deración.
En adición a las asignaciones para cubrir su gasto ordinario, el Servicio de
Administración Tributaria recibirá anualmente recursos para destinarlos al
mejoramiento de la infraestructura y servicios de atención al contribuyente,
la modernización y automatización integral de sus procesos, la investiga-
ción e incorporación de nuevas tecnologías en apoyo de las funciones re-
caudadoras, fiscalizadoras y aduaneras y la instrumentación del Servicio
Fiscal de Carrera y prestaciones derivadas del mismo. Estos recursos se
asignarán con base en los esfuerzos de productividad y eficiencia del pro-
pio órgano, una vez que se hayan tomado en cuenta aquellos factores que
determinanla evolución de la recaudación y que sean ajenos al desempeño
del Servicio de Administración Tributaria. La Junta de Gobierno, a más tar-
dar en su última sesión de cada ejercicio, determinará los montos requeri-
dos, su calendarización, así como los programas que quedarán cubiertos
por estos fondos en el año siguiente.
En caso de que los recursos asignados conforme al párrafo anterior no se
ejerzanen su totalidad durante el ejercicio para el cual fueron programados,
el Servicio de Administración Tributaria deberá constituir una reserva con
esteexcedente, la cual no podrá sobrepasar el25 por ciento de los recursos
totalesasignados durante el ejercicio anterior.Esta reserva de contingencia
se destinará para garantizar la continuidad de los programas aprobados
por la Junta de Gobierno, pero en ningún caso podrá aplicarse para realizar
pagos no previstos en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
Asesoría de la Tesorería de la Federación
6o.- LaTesorería de la Federación prestará en forma gratuita y de confor-
midad con lo que establece el presente Capítulo y las disposiciones jurídi-
cas aplicables, la asesoría y los servicios necesarios al Servicio de Adminis-
tración Tributaria.
ConbaseenlainformaciónyrequerimientosquealefectopresenteelSer
-
viciode Administración Tributaria, la Tesoreríade la Federación hará las pre-
visionesnecesarias para devolver alos contribuyentes, por cuentade la Se -
cretaría de Hacienda y Crédito Público, las cantidades que, en su caso, co-
rresponda.El Servicio de Administración Tributaria y la Tesoreríade la Fede-
ración convendrán, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplica-
5o.- LSAT–NATURALEZA Y OBJETO 1260

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