Casos prácticos. Impuesto al Valor Agregado

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Páginas1463-1464
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Determinación de los pagos
mensuales definitivos
Concepto
Los contribuyentes del IVA, excepto los que tributen en el régimen
de incorporación fiscal y las personas físicas que únicamente ob-
tengan ingresos por arrendamiento de bienes inmuebles, cuyo
monto mensual no exceda de 10 veces el valor mensual de la UMA,
que ejerzan la opción de efectuar los pagos provisionales del ISR de
forma trimestral, deben realizar pagos mensuales definitivos, mis-
mos que se obtienen de disminuir al impuesto de los actos o activi-
dades gravados del mes efectivamente cobrados, el impuesto acre-
ditable del mes efectivamente pagado, determinado conforme a la
LIVA y, en su caso, el impuesto retenido al contribuyente en el mes.
Por ello no se estará obligado a calcular el IVA del ejercicio; sin em-
bargo, se deberá proporcionar la información que del IVA se solicita
en la declaración anual del ISR (véase la nota 3 de esta práctica).
Estos pagos se efectuarán mediante declaración que se presentará
ante las oficinas autorizadas a más tardar el día 17 del mes siguiente
al que corresponda el pago.
Determinación
Ejemplo de su determinación
IVA cobrado sobre ingresos
gravados al 16% 1,600
(+) IVA cobrado sobre ingresos
gravados al 0% 0
(=) Impuesto del mes 1,600
(–) IVA retenido al contribuyente en el mes 690
(–) Impuesto acreditable del mes
efectivamente pagado, determinado
conforme a la LIVA 650
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