Federalismo fiscal

AutorIfigenia Martínez
Páginas329-354
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Desde su nacimiento la República padeció de una grave in-
suficiencia de recursos y para sobrevivir tuvo que recurrir a
los empréstitos extranjeros y a los usureros domésticos, a
pesar de que durante la Colonia el país era tributario de la
metró poli y le remitía fuertes cantidades de plata y o tros
metales.
Fue hasta el triunfo de la Revolución de 1910 cuando se
reordenaron un tanto las finanzas federales; se establecieron
los impuestos locales sobre la propiedad raíz y federal sobre
la renta pero se conservó el sistema de tributación concurren-
te con los estados.
La Primera Convención Nacional Fiscal celebrada en 1925
tuvo alcances muy limitados. A pesar de que su objetivo era
delimitar las competencias tributarias de la federación y de los
estados y crear un órgano permanente encargado de estudiar
las necesidades de la economía nacional, ante la absoluta ca-
rencia de instituciones públicas de carácter económico, sus
logros fueron modestos.
La Segunda Convención Nacional Fiscal celebrada en 1933
se realizó cuando la economía mundial se estaba recuperando
de la gran crisis, mientras el país trataba de establecer las insti-
tuciones necesarias para el funcionamiento de su economía. Se
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revisaron las potestades fiscales, federales, estatales y munici-
pales y se sentaron las bases para la reforma de la fracción XXIX
del artículo 73 que otorga facultades exclusivas de tributación al
gobierno federal en materia de comercio exterior, aprovecha-
miento y explotación de recursos naturales, instituciones de
crédito y sociedades de seguros, servicios públicos concesiona-
dos o explotados directamente por la federación, especialmente
sobre energía eléctrica, tabacos labrados, gasolina y derivados
del petróleo, cerillos y fósforos, explotación forestal, aguamiel y
cerveza. También quedó establecido que a los estados y muni-
cipios les correspondería una participación. Sin embargo al no
definir qué impuestos les quedaban reservados subsistió la
concurrencia tributaria entre los tres órdenes de gobierno.
La Tercera Convención Nacional Fiscal celebrada en 1947
se planteó como propósito crear un “ Plan Nacional de Arbi-
trios” cuyos ambiciosos objetivos eran:
• Distribuir las potestades de los gastos públicos entre
todos los contribuyentes de los diferentes niveles de
gobierno.
• Planear la forma en que los diferentes órdenes de go-
bierno debían distribuirse la facultad de establecer y
administrar los impuestos necesarios para cubrirlos.
• Determinar las bases de colaboración entre las diferen-
tes autoridades fiscales.
Huelga decir que a pesar de su correcta orientación este
Plan nunca se llevó a la práctica, pues la principal responsabi-
lidad del Estado es proveer las instituciones, la infraestructura
y los recursos necesarios para llevar a cabo el proyecto nacio-
nal expresado en el presupuesto.
A raíz de haberse celebrado la Tercera Convención Nacio-
nal Fiscal el gobierno federal estableció un impuesto general

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