Documento 38: Acta de Casamata. El Ejército Trigarante se voltea en masa contra Iturbide. Convocatoria de un nuevo Congreso Constituyente. 1o. de febrero de 1823

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Con arreglo al ceremonial y al decreto primero de 24 de febrero de este So-
berano Congreso, que leyó íntegro y en claras y distintas voces el primer secreta-
rio, prestaron de uno en uno los señores regentes el juramento según la fórmula
contenida en el sobredicho decreto, que consta en esta misma acta; y los cuatro
secretarios regentes se retiraron con el mismo acompañamiento.
Varios señores diputados propusieron que se decretase desde luego la invio-
labilidad. Otros observaron que habiendo ley vigente, era redundante hacerla de
nuevo, y se determinó que se leyese la decretada en 28 de noviembre de 1810 por
las Cortes españolas, y quedó confirmada toda la parte en que se habla de opi-
niones políticas, dejándose para otra sesión la lectura y arreglo de las otras partes
que contiene la dicha ley. Lo aprobado fue en estos términos: No podrá intentarse
contra las personas de los diputados demanda ni procedimiento alguno en ningún
tiempo y por ninguna autoridad, de cualquiera clase que sea, por sus opiniones y
dictámenes.
Y siendo ya las ocho de la noche, se levantó la sesión.
Acta de Casamata El Ejército Trigarante se voltea en masa
contra Iturbide convocatoria de un nuevo
Congreso Constituyente, lo. de febrero de 1823*
Los señores generales de división, jefes de cuerpos sueltos, oficiales
del Estado Mayor, y uno por clase del Ejército, reunidos en el aloja-
miento del general en jefe para tratar sobre la toma de la plaza de Veracruz, y de los
peligros que amenazan a la patria por la falta de representación nacional, único ba-
luarte que sostiene la libertad civil, después de haber discutido extensamente sobre
su felicidad, con presencia del voto general, acordaron en este día lo siguiente:
Art. lo. Siendo inconcuso que la soberanía reside esencialmente en la Nación,
se instalará el Congreso a la mayor posible brevedad.
Art. 2o. La convocatoria para las nuevas Cortes se hará bajo las bases prescri-
tas para la primera.
Art. 3o. Respecto que entre los señores diputados que formaron el extinguido
Congreso, hubo algunos que por sus ideas liberales y firmeza de carácter se
*Fuente: Apuntes históricos de la heroica ciudad de Veracruz, México, Imprenta de Vicente Gar-
cía Torres, 1857, t. II, pp. 262-263n.
1823
DOCU MENT O
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