Documento 35: Tratados de Córdoba. 24 de agosto de 1821

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Tratados de Córdoba
24 de agosto de 1821*
Tratados celebrados en la Villa de Córdoba
el 24 del presente entre los señores don Juan O’Donojú, Teniente General
de los Ejércitos de España, y don Agustín de Iturbide, primer jefe del
Ejército Imperial Mexicano de las Tres Garantías
Pronunciada por Nueva España la Independencia de la antigua, tenien-
do un ejército que sostuviese este pronunciamiento, decididas par él las
provincias del reino, sitiada la capital en donde se había depuesto a la autoridad legíti-
ma, y cuando sólo quedaban por el gobierno europeo las plazas de Veracruz y Acapul-
co, desguarnecidas y sin medio de resistir a un sitio bien dirigido y que durase algún
tiempo; llegó al primer puerto el teniente general don Juan O’Donojú con el carácter y
representación de Capitán General y Jefe Superior Político de este reino, nombrado por
Su Majestad Católica, quien deseoso de evitar los males que aflijen a los pueblos en
alteraciones de esta clase, y tratando de conciliar los intereses de ambas Españas, invi
a una entrevista al primer jefe del Ejército Imperial don Agustín de Iturbide, en la que
se discutiese el gran negocio de la independencia, desatando sin romper los vínculos
que unieron a los dos continentes. Verificóse la entrevista en la villa de Córdoba el 24
de agosto de 1821, y con la representación de su carácter el primero, y la del Imperio
Mexicano el segundo; después de haber conferenciado detenidamente sobre lo que
más convenía a una y otra nación, atendido al estado actual y las últimas ocurrencias,
convinieron en los artículos siguientes, que firmaron por duplicado para darles toda
la consolidación de que san capaces esta clase de documentos, conservando un origi-
nal cada uno en su poder para mayor seguridad y validación.
1. Esta América se reconocerá por Nación soberana e independiente, y se
llamará en lo sucesivo Imperio Mexicano.
2. El gobierno del Imperio será monárquico constitucional moderado.
3. Será llamado a reinar en el Imperio Mexicano (previo el juramento que
designa el artículo 4 del Plan) en primer lugar el señor don Fernando
VII, rey católico de España, y por su renuncia o no admisión, su hermano
*Fuente: Tomado de la edición oficial que mandó imprimir el gobierno independiente, poco
después de su instalación en la ciudad de México. Documento que obra en el Archivo General de la
Nación, ramo, Impresos Oficiales, t. 60, exp. 3.
1821
DOCU MENT O
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