Documento 27: Exposición de motivos del Decreto Constitucional de Apatzingán, emitida por el Congreso Insurgente. 23 de octubre de 1814

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Exposición de motivos del Decreto Constitucional de
Apatzingán emitida por el Congreso Insurgente, 23 de octubre de 1814*
Los diputados de las provincias mexicanas a todos sus conciudadanos
Mexicanos: Jamás hemos presumido que pudieran medirse nuestras
fuerzas con las arduas y sublimes obligaciones en que nos constituyó
aquella sagrada ley que en obsequio de la salud común exige imperiosamente
nuestra ciega sumisión. La patria misma reclamó nuestros sacrificios, y comen-
zando por el de nuestra propia reputación, lo aventuramos todo, muy asegurados
de que a vueltas de nuestros yerros, habían de aparecer la sinceridad de nuestros
respetos y rectitud de nuestras intenciones. Bajo de esta confianza, aceptamos la
más augusta que podía depositarse en nuestras manos, y con la misma nos pre-
sentamos ahora a la faz de la Nación para manifestar sencillamente la serie y fruto
de nuestros afanes, persuadidos de que el celo por la causa pública, que animó
constantemente nuestras operaciones, merecerá el aplauso y gratitud de los pa-
triotas virtuosos y sensatos, o nos conciliará si no su indulgente consideración.
¡Qué días tan placenteros el 14, 15 y 16 de septiembre del año próximo ante-
rior! En ellos vimos, que sucediendo la apacible serenidad a la borrasca espantosa
que poco antes nos había hecho estremecer, se establecían tranquilamente los
cimientos del edificio social, se anunciaba el orden y se miraba con interés la
prosperidad y engrandecimiento de los pueblos. Vimos a éstos ejercer por la vez
primera los derechos de su libertad en la elección de representantes para formar el
cuerpo soberano. Vimos reunirse la suprema corporación, que hasta allí se había
reconocido, a la cual es verdad que en su primitiva instalación se debieron gran-
des ventajas; pero disuelta posteriormente, también es cierto que iba a precipi-
tarnos en los horrores de la anarquía, o ya fuese en la cima del despotismo. Vimos
ampliarse legalmente el Congreso de la Nación con el aumento de cinco indivi-
duos, llenando está medida el voto general de los ciudadanos y concediéndose
por medio de ella la representación que demandaban justamente las provincias.
Vimos, en fin, adoptarse algunas instituciones, que si no eran las más acordes con
los principios de nuestra libertad, se acomodaron felizmente a las necesidades del
momento, para que sirviesen de norte mientras que la potestad legítima fijaba la
*Fuente: Un impreso original de la época que obra en el Archivo General de la Nación, ramo,
Operaciones de Guerra, t. 4, f. 6.
1814
DOCU MENT O
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Secció n docume ntal |
Ins urg enc ia y Rep úbl ica Fe de ral
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