Documento 31: Primera proclama de Vicente Guerrero en que declara su acatamiento a la Constitución de Apatzingán. 30 de septiembre de 1815

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de ancho y un ramo de oliva al través de una espada colocada en el centro, unidos
ambos bajo el punto del contacto con una corona de laurel.
Bandera de Comercio. Un paño azul celeste de las dimensiones anteriores,
orlado de blanco, de seis pulgadas de latitud, y colocada en el centro una cruz
blanca. Los gallardetes de los mismos colores que las banderas.
Comuníquese al Supremo Gobierno para su ejecución, Palacio del Supremo
Congreso en Puruarán, a los 3 días del mes de julio de 1815 años. José Pagola, pre-
sidente. Dr. Francisco Argándar, diputado secretario. Lic. José María de Izazaga,
diputado secretario.”
Por tanto, para su puntual observancia, publíquese y circúlese a todos los
tribunales, justicias, jefes, gobernadores y demás autoridades, así civiles como
militares y eclesiásticas, de cualquiera clase y dignidad, para que guarden y hagan
guardar, cumplir y ejecutar el presente decreto en todas sus partes.
Palacio Nacional del Supremo Gobierno Mexicano en Puruarán, a los 14 días
del mes de julio de 1815. Ausente el Sr. Cos. José María Morelos, presidente. José
María Liceaga. Remigio de Yarza, secretario de gobierno.
Primera proclama de Vicente Guerrero en que declara
su acatamiento a la Constitución de Apatzingán
30 de septiembre de 1815*
El Ciudadano Vicente Guerrero, Coronel del Regimiento de San Fernando
y Comandante en Jefe de las plazas de Tlapa, Chietla, Izúcar y Acatlán:
Tengo la gloria de haber prestado el juramento a la sabia Constitución
del verdadero Supremo Gobierno Americano, y esto mismo me pone
en la obligación de poner en las tablas del teatro universal de mi patria este papel, que
sólo se reduce a que los pueblos que tengo el honor de mandar, sepan que en mi per-
sona ni tienen jefe, ni superior ni autoridad ninguna, sino sólo un hermano, un siervo
y un compañero y un amigo en quien seguramente deben depositar sus sentimientos,
sus quejas y sus representaciones, las que veré con interés y las que elevaré a la Majes-
tad [del Supremo Gobierno], a fin de que se atiendan, como lo requiere la justicia y la
libertad jurada por los ciudadanos de esta distinguida Nación. Y, por lo tanto, mando
*Fuente: Una copia manuscrita, original de la época, que obra en el Archivo General de la Na-
ción, ramo. Operaciones de Guerra, t. 89, f. 224.
1815
DOCU MENT O
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