Disposiciones generales y declaración de concurso mercantil

AutorEdiciones fiscales ISEF, S.A.
Páginas1-15
1
LEY CONCURSOS MERCANTILES/DISPOSICIONES PRELIMINARES 1-4
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexica-
nos. Presidencia de la República.
ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEON, Presidente de los Estados Unidos
Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, Decreta:
TITULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES Y DECLARACION DE
CONCURSO MERCANTIL
CAPITULO I
DISPOSICIONES PRELIMINARES
ARTICULO 1o. La presente Ley es de interés público y tiene por objeto regular
el concurso mercantil.
(R) Es de interés público conservar las empresas y evitar que el incumpli-
miento generalizado de las obligaciones de pago ponga en riesgo la viabilidad
de las mismas y de las demás con las que mantenga una relación de negocios.
Con el fin de garantizar una adecuada protección a los acreedores frente al
detrimento del patrimonio de las empresas en concurso, el juez y los demás
sujetos del proceso regulado en esta Ley deberán regir sus actuaciones, en
todo momento, bajo los principios de trascendencia, economía procesal, cele-
ridad, publicidad y buena fe. (DOF 10/01/14)
ARTICULO 2o. El concurso mercantil consta de dos etapas sucesivas, deno-
minadas conciliación y quiebra.
ARTICULO 3o. La finalidad de la conciliación es lograr la conservación de la
empresa del Comerciante mediante el convenio que suscriba con sus Acreedores
Reconocidos. La finalidad de la quiebra es la venta de la empresa del Comerciante,
de sus unidades productivas o de los bienes que la integran para el pago a los
Acreedores Reconocidos.
ARTICULO 4o. Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:
I. Acreedores Reconocidos, a aquellos que adquieran tal carácter por virtud de
la sentencia de reconocimiento, graduación y prelación de créditos;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR