Territorio nacional para efectos fiscales

Contenido
  • 1 Definición
  • 2 Definición
  • 3 Criterios para establecer el criterio de territorialidad
  • 4 Legislación citada
Definición Definición

Este concepto es importante para efectos fiscales, ya que de él depende la definición del ámbito espacial de aplicación de las disposiciones fiscales en México.

De acuerdo con el artículo 8 del Código Fiscal de la Federación se entiende por México, país y territorio nacional, lo que conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (artículo 42) integra el territorio nacional y la zona económica exclusiva situada fuera del mar territorial.

Asimismo, la Constitución establece en su artículo 27 que

“La Nación ejerce en una zona económica exclusiva situada fuera del mar territorial y adyacente a éste, los derechos de soberanía y las jurisdicciones que determinen las leyes del Congreso. La zona económica exclusiva se extenderá a doscientas millas náuticas, medidas a partir de la línea de base desde la cual se mide el mar territorial. En aquellos casos en que esa extensión produzca superposición con las zonas económicas exclusivas de otros Estados, la delimitación de las respectivas zonas se hará en la medida en que resulte necesario, mediante acuerdo con estos Estados.”

En adición a lo anterior, el Servicio de Administración Tributaria emitió el siguiente criterio normativo:

“14/2012/LA La zona económica exclusiva forma parte del territorio nacional.

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 1, 35, 102 y 108, último párrafo de la Ley Aduanera, así como por el 8 del Código Fiscal de la Federación, la zona económica exclusiva situada fuera del mar territorial se considera como territorio nacional para efectos fiscales, por lo que la mercancía enviada a dicha zona no puede considerarse como una exportación o retorno de mercancía.”

Criterios para establecer el criterio de territorialidad

Desde un punto de vista teórico, pueden distinguirse tres criterios para establecer el concepto de territorialidad de la ley tributaria: en sentido positivo o negativo, en sentido real o personal y en sentido material o formal.

“1. En sentido positivo. Las leyes tributarias internas se aplican en el territorio nacional, de modo general, incluso a los que no son Nacionales de ese Estado. En sentido Negativo. Las leyes fiscales extranjeras no se aplican en el territorio del Estado.

2. En sentido real. Las leyes tributarias de un Estado se aplican siempre que haya una vinculación con elementos objetivos, tales como...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR