Subsidio para el empleo

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Cargo del AutorContador Público, egresado de la Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) - Contador Público, egresado de la Escuela Superior de Comercio y Administración del Instituto Politécnico Nacional (IPN)
Páginas463-467
Personas a las que se les otorga el subsidio para el empleo
Décimo.- Seotorga el subsidio para el empleo en los términos siguientes:
LISR 94.
Contribuyentes que gozarán del subsidio para el empleo y excep-
ciones
I. Los contribuyentes que perciban ingresos de los previstos en el primer
párrafo o la fracción I del artículo 94 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, ex-
ceptolos percibidos por concepto de primas de antigüedad, retiro e indemni-
zaciones u otros pagos por separación, gozarán del subsidio para el empleo
que se aplicará contra el impuesto que resulte a su cargo en los términos del
artículo96 de la misma Ley. El subsidio para el empleo se calculará aplicando
alos ingresos que sirvande basepara calcular el impuesto sobre la renta que
correspondan al mes de calendario de que se trate, la siguiente:
TABLA(1)
Límite inferior Límite superior Subsidio para el Empleo
0.01 1,768.96 407.02
1,768.97 1,978.70 406.83
1,978.71 2,653.38 359.84
2,653.39 3,472.84 343.60
3,472.85 3,537.87 310.29
3,537.88 4,446.15 298.44
4,446.16 4,717.18 354.23
4,717.19 5,335.42 324.87
5,335.43 6,224.67 294.63
6,224.68 7,113.90 253.54
7,113.91 7,382.33 217.61
7,382.34 En adelante 0.00
(1) Nota del Editor: De conformidad con el artículo 1.12 del Decreto que
compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplifica-
ción administrativa, publicado en el DOF el 26/XII/2013, los contribuyen-
tes que perciban ingresos de los previstos en el primer párrafo o la frac-
ción I del artículo 94 de la LISR, excepto los percibidos por concepto de
primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones u otros pagos por separa-
ción, en lugar de aplicar la tabla contenida en el artículo décimo del De-
creto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones
de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley del Impuesto Espe-
cial sobre Producción y Servicios; de la Ley Federal de Derechos, se ex-
pide la Ley del Impuesto sobre la Renta, y se abrogan la Ley del Impuesto
Empresarial a Tasa Unica, y la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efecti-
vo, publicado en el DOF el 11/XII/2013, podrán aplicar la siguiente:
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