Selección de artículos de la Ley Federal del Trabajo

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Cargo del AutorContador Público, egresado de la Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) - Contador Público, egresado de la Escuela Superior de Comercio y Administración del Instituto Politécnico Nacional (IPN)
Páginas1405-1413
SELECCION DE ARTICULOS DE LA
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Potestad del trabajador para demandar reinstalación o indemnización
48.- El trabajador podrá solicitar ante la Autoridad Conciliadora, o
ante el Tribunalsi no existe arreglo conciliatorio, que se le reinstale en el
trabajo que desempeñaba, o que se le indemnice con el importe de tres
mesesdesalario,arazóndelquecorrespondaalafechaenquesereali
-
ce el pago, observando previamente las disposiciones relativas al pro-
cedimientode conciliación previsto en elartículo 684-A ysubsiguientes.
LFT 48-Bis, 329, 432, 684-A al 709-J.
Consecuencia de no comprobar la causal de rescisión. Pago de sa-
larios caídos hasta por 12 meses
Si en el juicio correspondiente no comprueba el patrón la causa de la
rescisión, el trabajador tendrá derecho, además, cualquiera que hubie-
se sido la acción intentada, a que se le paguen los salarios vencidos
computados desde la fecha del despido hasta por un periodo máximo
de doce meses, en términos de lo preceptuado en la última parte del pá-
rrafo anterior.
LFT 50 III, 55. TATCC SJF, 10a. ép., L . 41. ABR2017, T. II, pág. 1781.
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Actuaciones notoriamente improcedentes
48-Bis.- Para efectosdel artículo 48 de esta Ley, de manera enuncia-
tiva se considerarán actuaciones notoriamente improcedentes las si-
guientes:
LFT 759.
I.Tratándose de las partes, abogados, litigantes, representantes o testigos:
a) Ofrecer algún beneficio personal, dádiva o soborno a funcionarios
del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, Centros de Con-
ciliación Locales o Tribunales;así como a terceros de un procedimiento
laboral;
b) Alterar un documento firmado por el trabajador con un fin distinto
para incorporar la renuncia;
c) Exigir la firma de papeles en blanco en la contratación o en cual-
quier momento de la relación laboral;
d) Presentación de hechos notoriamente falsos en el juicio laboral,
porcualquiera de las partes o susrepresentantes, sobre el salario, lajor-
nada de trabajo o la antigüedad de la relación de trabajo;
e)Negar el acceso a un establecimiento o centro de trabajo al actuario
o notificador de la autoridad laboral, cuando éste solicite realizar una
notificación o diligencia. Asimismo, negarse a recibir los documentos
relativos a la notificación ordenada por la autoridad laboral cuando se
trate del domicilio de la razón social o de la persona física o moral bus-
cada. También se considera conducta infractora simular con cédulas
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