De la Solución de Controversias

AutorPérez Chavez, José - Fol Olguin, Raymundo
Páginas700-703
III. Cuando de la información proporcionada o de la visita de inspec-
ción que se practique, se desprendan probables violaciones en el mane-
jo y distribución de los recursos de la sociedad o los de sus miembros, el
Instituto podrá ordenar auditorías, mediante acuerdo por escrito, a fin de
verificar la situación financiera y contable de la sociedad;
IV.Las auditorías se llevarán a cabo en días y horas hábiles y serán
practicadas,a cargo de la sociedad,por las personas autorizadas por el
Instituto el que en casos justificados podrá autorizar que se practiquen
en días y horas inhábiles;
V. Las personas que atiendan la auditoría por parte de la sociedad de-
berán brindar todo tipo de facilidades y proporcionar los libros y demás
documentación que se les requiera, con motivo de la diligencia; y
VI. Concluida la auditoría, las personas comisionadas, elaborarán un
informe sobre los resultados que se deriven de la diligencia, que será
evaluado por el Instituto a fin de determinar las medidas que procedan
conforme a las disposiciones legales aplicables.
Responsabilidad por inicio de revocación en forma temeraria
135.- Será responsable de los daños y perjuicios causados la perso-
naque inicie en formatemeraria un procedimiento de revocación de au-
torización de operación de sociedad.
Momento en que serán recurribles actos de inspección
136.- Losrequerimientosdeinformes,lasprácticasdevisitasdeins-
pección y de auditorías no serán recurribles en tanto no se dicte resolu-
ción definitiva que resuelva el fondo del asunto.
RLFDA–SOLUCION DE CONTROVERSIAS
TITULO XII
De la Solución de Controversias
CAPITULO I
Disposiciones Generales
Facultad por violación de derechos y prerrogativas
137.- Cualquier violación a los derechos y a las prerrogativas esta-
blecidos por la ley,faculta al afectado para hacer valer las acciones civi-
les, penales y administrativas que procedan.
Derechos que dejará a salvo el inicio de acciones previstas en la
138.- El ejercicio de las acciones establecidasen la ley dejará a salvo
el derecho de iniciar otro procedimiento de conformidad con la misma,
Industrial o, en su caso, la legislación común aplicable, así como pre-
sentar denuncia o querella en materia penal.
135.- RLFDA–SOLUCION DE CONTROVERSIAS 700

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