De la retencion de ISR en pagos por separacion

AutorEduardo López Lozano
Cargo del AutorLicenciado en Contaduría Certificado egresado de la facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Nacional Autónoma de México
Páginas151-163
ASPECTOS CONTRACTUALES SUELDOS Y SALARIOS 151
CAPITULO IX
DE LA RETENCION DE ISR
EN PAGOS POR SEPARACION
Cuando se termina una relación laboral deben cubrirse al tra-
bajador o a sus beneficiarios (en caso de incapacidad o muerte)
diversas cantidades por conceptos que mandata la Ley Federal del
Trabajo, el contrato respectivo o simplemente el acuerdo de las par-
tes.
Los conceptos a entregar se constituyen –enunciativamente– por
uno o más de los siguientes:
• Salarios devengados y no cobrados.
• Vacaciones devengadas no disfrutadas (lo que al terminarse
la relación laboral constituye una indemnización ante la impo-
sibilidad que el trabajador las disfrute).
• Prestaciones legales (parte proporcional).
• Fondo de ahorro (devolución de aportaciones del empleado,
aportación patronal e intereses cobrados en préstamos e in-
versiones, en su caso, y conforme al reglamento del mismo).
• Otras prestaciones e incluso:
Prima de antigüedad,
Gratificaciones extraordinarias y,
en su caso, salarios caídos
Es importante destacar que aquellos trabajadores que cumplan
los requisitos para recibir la PTU deberán acudir para su cobro a
los lugares y en las fechas que señala el artículo 122 de la LFT; no
puede entregarse –por la imposibilidad de su cálculo– cuando se
termine la relación laboral en el inter de un ejercicio fiscal. Pero es
importante subrayar que durante los cinco primeros meses de un
ejercicio se debe determinar y entregar al trabajador por los días
trabajados y en los términos señalados en los artículos 123 y 125
de la LFT por el ejercicio inmediato anterior al término de la relación

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