Personas fisicas

AutorEduardo López Lozano
Cargo del AutorLicenciado en Contaduría Certificado egresado de la facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Nacional Autónoma de México
Páginas23-24
ASPECTOS CONTRACTUALES SUELDOS Y SALARIOS 23
CAPITULO II
PERSONAS FISICAS
GENERALIDADES
Concepto de Persona Física
No existe definición de persona física, en algunos países se de-
nomina persona natural, pero independientemente de su denomi-
nación, persona física es el ser humano.
Desde el punto de vista jurídico, el artículo 22 del Código Civil
para el D.F., aunque evita definirla, señala que:
La capacidad jurídica de las personas físicas se adquiere
por el nacimiento y se pierde por la muerte; pero desde el
momento en que un individuo es concebido, entra bajo la
protección de la Ley y se le tiene por nacido para los efec-
tos declarados en el presente Código.
Como sabemos, para que un individuo disfrute de todos los de-
rechos y deberes que imponen las leyes requiere capacidad de go-
ce y capacidad de ejercicio; sin embargo, ello no es necesario para
ser considerado sujeto en la Ley del Impuesto Sobre la Renta. En
efecto, un menor de edad o un incapacitado pueden ser sujetos de
la Ley por el solo hecho de obtener ingresos, si bien sus obligacio-
nes serán cumplidas por quienes los representen, por ejemplo sus
padres o tutores.
La LISR define el objeto del impuesto para los sujetos personas
físicas en los artículos 1o. y 2o., al siguiente tenor:
Sujetos y Objeto
De conformidad con el artículo 1o. de la LISR las personas físicas
están obligadas al pago del impuesto sobre la renta en los siguien-
tes casos:
“I. Las residentes en México, respecto de todos sus ingre-
sos cualquiera que sea la ubicación de la fuente de riqueza
de donde procedan.

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