Bases generales de organizacion y funcionamiento

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CONSID.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Uni-
dos Mexicanos. Consejo de la Judicatura Federal. Instituto Federal de
Defensoría Pública.
BASES GENERALES DE ORGANIZACION Y FUN-
CIONAMIENTO
CONSIDERANDO:
PRIMERO. Que en fecha 28 de mayo de 1998, se publicó en el
Diario Oficial de la Federación, la Ley Federal de Defensoría Pública,
siendo vigente al día siguiente, y que abrogó la Ley de Defensoría de
Oficio Federal del 9 de febrero de 1922.
SEGUNDO. Que el artículo 3 de la Ley Federal de Defensoría Pú-
blica señala que se crea el Instituto Federal de Defensoría Pública,
el cual en el desempeño de sus funciones goza de independencia
técnica y operativa.
TERCERO. Que el artículo 32 fracción VI de la Ley Federal de
Defensoría Pública dispone que el Director General del Instituto, tiene
la atribución de proponer a la Junta Directiva las Bases Generales de
Organización y Funcionamiento del Instituto Federal de Defensoría
Pública.
CUARTO. Que la misma Ley, en su artículo 29 fracción VII faculta
a la Junta Directiva del Instituto Federal de Defensoría Pública, para
aprobar las Bases Generales de Organización y Funcionamiento de
dicho Instituto.
QUINTO. Que el artículo Sexto Transitorio de la Ley Federal de De-
fensoría Pública señala que dentro de los seis meses siguientes a la
entrada en vigor de dicha Ley, la Junta Directiva del Instituto Federal
de Defensoría Pública debe aprobar las Bases Generales de Organi-
zación y Funcionamiento del propio Instituto.
En consecuencia, con fundamento en los artículos 17 y 20 de la
VII y Sexto Transitorio de la Ley Federal de Defensoría Pública, la
Junta Directiva del Instituto Federal de Defensoría Pública expide las
siguientes:
BASES DE ORGANIZACION/CONSIDERANDO

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