De la informacion documental

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EDICIONES FISCALES ISEF
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de un cuestionario y las investigaciones de campo necesarias que
permitan determinar, con veracidad, si la persona se encuentra en los
supuestos para otorgarle el servicio.
TITULO CUARTO
DE LA INFORMACION DOCUMENTAL
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 38. La información documental y la que se genera por
medios electrónicos, son parte de un procedimiento interno que tiene
el propósito de llevar registros y expedientes de control, conforme a
lo dispuesto por la Ley, que permite conocer el estado que guarda
cada uno de los asuntos en que interviene el defensor público y el
asesor jurídico, desde el inicio de su actuación y hasta que la con-
cluyen.
En su aplicación, se cuenta con elementos de consulta documen-
tal y virtual inmediata que permiten supervisar y evaluar eficazmente
a quienes realizan la función sustantiva del Instituto; advertir la cali-
dad del desempeño, rezagos, omisiones y cargas de trabajo de cada
defensor público y asesor jurídico, facilitando la toma de decisiones.
ARTICULO 39. La información generada por medios electrónicos
y la documental que remiten el defensor público y el asesor jurídico
a las delegaciones o direcciones y áreas centrales del Instituto, debe
ser oportuna, veraz y de conformidad con las normas aplicables; la
primera se ingresa de inmediato al sistema informático y el manejo
de la segunda se organiza mediante el envío, recepción, registro, in-
tegración y archivo, para su adecuada consulta.
CAPITULO II
DE LOS INSTRUMENTOS DE REGISTRO Y EXPEDIENTES
DE CONTROL PARA EL SERVICIO DE DEFENSA PENAL
ARTICULO 40. En el servicio de defensa penal se utilizan como
instrumentos de registro, los siguientes:
I. Libro de gobierno. En el que se asientan en orden numérico,
consecutivo y por patrocinado, los datos principales de los asuntos
en que interviene;
II. Libro de índice de defendidos. Contiene los datos de los patro-
cinados, ordenados alfabéticamente por apellidos, lugar donde se
encuentran internos cuando sea el caso y el registro de acuse de
entrega de las tarjetas informativas;
III. Agenda oficial de actividades. En la que se anotan la fecha y
hora de las diligencias, así como las citas de carácter oficial en que
deba estar presente; y
IV. Tarjeta informativa. Contiene los datos y obligaciones del defen-
sor, así como el área correspondiente del Instituto donde se pueden
presentar quejas o inconformidades, se entrega al destinatario del
servicio a partir de que es legalmente representado, o a sus familiares
en los casos que se estime necesario.
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