Cuotas obrero patronales SS
Autor | Luis Angel Orozco Collín |
Páginas | 223-246 |
CAPITULO 9
CUOTAS OBRERO
PATRONALES SS
Los conceptos que aquí comentamos son los siguientes:
Núm. CLASIFICACION: CONCEPTO Pr Ti AD AI EC Tema
202 Cuotas Obreras SS Pagadas por la Em-
presa 3 P N S N 9.0.
310 Cuotas Obreras Pagadas por Empresa
Exentas 3 P N S N 9.0.
404 Provisión Aportación Infonavit 3 P N S N 9.0.
405 Provisión Aportaciones Cuotas Patrona-
les SS 3 P N S N 9.0.
451 Cuotas Obreras SS, EM, PE, Ca. 3 P N S N 9.0.
452 Cuotas Obreras SS, EM, PD 3 P N S N 9.0.
453 Cuotas Obreras SS, IV 3 P N S N 9.0.
454 Cuotas Obreras SS, PB 3 P N S N 9.0.
455 Cuotas Obreras SS, CEAV 3 P N S N 9.0.
456 Cuotas Patronales SS, EM, PE, Cf. 3 P N S N 9.0.
457 Cuotas Patronales SS, EM, PE. Ca. 3 P N S N 9.0.
458 Cuotas Patronales SS, EM, PD 3 P N S N 9.0.
549 Cuotas Patronales SS, IV 3 P N S N 9.0.
460 Cuotas Patronales SS, G 3 P N S N 9.0.
461 Cuotas Patronales SS, RT 3 P N S N 9.0.
462 Cuotas Patronales SS, PB 3 P N S N 9.0.
463 Cuotas Patronales SS, R 3 P N S N 9.0.
464 Cuotas Patronales SS, CEAV 3 P N S N 9.0.
551 Cuotas Obreras 3 D N S N 9.0.
9.1. FUNDAMENTACION
La obligación de pagar impuestos nace en el artículo 31 de la Consti-
tución Política de los Estados Unidos Mexicanos que establece que son
obligaciones de los mexicanos:
“IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, co-
mo del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan,
de la manera proporcional y equitativa que dispongas las leyes.”
Después, el CFF nos señala que son las personas físicas y las morales
las que están obligadas a contribuir para los gastos públicos conforme
ESTUDIO INTEGRAL DE LA NOMINA 223
clasifi cación de las contribuciones: impuestos, aportaciones de seguridad
defi nición de aportaciones de seguridad social:
“ARTICULO 2o. ..............................................................................
II. Aportaciones de seguridad social son las contribuciones esta-
blecidas en Ley a cargo de personas que son sustituidas por el
Estado en el cumplimiento de obligaciones fijadas por la Ley en
materia de seguridad social o a las personas que se beneficien en
forma especial por servicios de seguridad social proporcionados
por el mismo Estado.”
Es decir, dentro de las principales contribuciones que tendrá la Fede-
ración están las aportaciones de seguridad social y dentro de ellas, las
cuotas para el Seguro Social a cargo de patrones y trabajadores. (artículo
1 B-II-2 LIF).
9.2. CUOTAS POR RAMO DE RIESGO
Ya habíamos visto en el tema 5.1.2. Integración para Seguro Social, que
la obligación del pago de cuotas obrero patronales está reglamentada en
Las cuotas a cubrir y su fundamentación son las siguientes:
Cuota fi ja (artículo 106-I LSS).
6. Retiro (artículo 168-I LSS).
7. Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (artículo 168-II LSS).
Y debemos agregar la correspondiente al Infonavit:
8. Infonavit (artículo 29 y Quinto Transitorio del Linfonavit)
En el siguiente cuadro se muestran todas las cuotas que deben
calcularse.
224 EDICIONES FISCALES ISEF
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