Antecedentes

AutorFelipe Acosta Roca
Páginas45-46
TRAMITES Y DOCUMENTOS EN MATERIA ADUANERA 45
CAPITULO I
ANTECEDENTES
En México, los encontramos en la Ordenanza General de Aduanas Ma-
rítimas y Fronterizas, de Cabotaje y Secciones Aduanales, publicada el día
25 de enero de 1885. En su artículo 94 establecía que en las operaciones
de las Aduanas, no se debería admitir más persona ni firma que la del con-
signatario, a no ser que el citado consignatario otorgue poder suficiente
a alguna otra persona, o por lo menos que la acreditase para los asuntos
Aduanales con una carta poder.
En el artículo 112 de la Ordenanza General de Aduanas Marítimas y
Fronterizas, publicada el 12 de junio de 1891, se vierten los conceptos del
artículo 94 de la Ordenanza publicada en el año de 1885. En el artículo
109 establecía que solamente los consignatarios de las mercancías o sus
legítimos representantes podían gestionar las operaciones de carácter
aduanero.
El 15 de febrero de 1918, Venustiano Carranza expide un decreto en
“Uso de facultades extraordinarias” con el que regula en forma específica a
quienes actúan en legítima representación; esto es, los Agentes Aduanales,
que para poder ejercer como tales necesitaban la autorización de la Secre-
taría de Hacienda, instrumentándose legalmente en el Reglamento que se
expidió el día 7 de mayo del mismo año. Siete años después, por decreto
publicado el 20 de mayo de 1918, se abrogan los textos legales anteriores
y se estableció en el artículo segundo que las gestiones ante la Aduana se
deberían regular por la Ordenanza publicada en el año de 1891.
Como antecedente directo de la Ley actual está la Ley de Agentes Adua-
nales, expedida el 27 de agosto de 1927, que consagraba los elementos
que cosa curiosa, son los mismos conceptos que hoy en día regulan la
actividad del Agente Aduanal.
Las leyes aduanales del 18 de abril de 1928 y del 30 de diciembre de
1929, contienen un Capítulo especial destinado a regular la figura del Agen-
te Aduanal; ambas reproducen casi en forma exacta las normas de la Ley
de 1927. Caso similar es el de la Ley Aduanal publicada el 19 de agosto
de 1935.
El Código Aduanero de los Estados Unidos Mexicanos, publicado el 30
de diciembre de 1951, en su Título XVIII, reguló las actividades de estos
profesionales de la actividad aduanera por un período de aproximadamen-
te treinta años.
La Ley Aduanera que se publicó el 30 de diciembre de 1981 reguló en
su Título Noveno la figura del Agente Aduanal, sin que en esencia varíen las
normas que contenía la Ley de Agentes Aduanales de 1927.

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