30. Competencia en razón de territorio
- Competencia por razón de territorio de las salas regionales del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. Para determinarla debe atenderse, por regla general, al domicilio fiscal del demandante y, en caso de duda, al de aquella ante la cual se presentó la demanda: (Tesis Aislada num. II.3o.A.71 A (10a.), Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, 30 de Septiembre de 2013 (Tesis Aisladas))
- Incidente de incompetencia territorial. La procedencia, desahogo y resolución del mismo, debe ajustarse a las normas procesales vigentes al momento de su presentación: (Tesis nº VII-P-2aS-24 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Diciembre de 2011, Tesis nº VII-P-2aS-94 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Abril de 2012)
- Incidente de incompetencia territorial. Si la autoridad se apoya en la copia certificada de un documento que obra en su expediente, debe contener además de la información del domicilio fiscal, los datos que permitan la certeza del momento en que se verificó el movimiento correspondiente: (Tesis nº VII-P-1aS-67 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Diciembre de 2011)
- Aceptación tácita de la competencia territorial de las Salas Regionales.- Caso en el que se actualiza por parte de la demandada y/o del tercero: (Tesis nº VII-P-1aS-52 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Noviembre de 2011, Tesis nº VII-J-1aS-12 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Febrero de 2012)
- Competencia territorial de las Salas Regionales del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.- El requerimiento al actor para que señale su domicilio fiscal sólo puede efectuarse si en la demanda no se expresó domicilio alguno: (Tesis nº VII-P-1aS-233 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Mayo de 2012, Tesis nº VII-P-1aS-40 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Octubre de 2011, Tesis nº VI-P-1aS-381 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Diciembre de 2010, Tesis nº VI-P-1aS-254 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Agosto de 2009, Tesis nº VI-P-1aS-269 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Septiembre de 2009)
- Incidente de incompetencia.- Queda sin materia cuando el juicio contencioso administrativo se sobreseyó: (Tesis nº VII-P-1aS-27 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Octubre de 2011, Tesis nº VII-P-1aS-162 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Marzo de 2012, Tesis nº VII-P-1aS-131 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Febrero de 2012, Tesis nº VI-P-1aS-299 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Marzo de 2010)
- Domicilio fiscal. Se presume como actual el contenido en el reporte general de consulta de información del contribuyente, si no refleja cambios desde su inscripción hasta la presentación de la demanda: (Tesis nº VII-P-1aS-7 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Septiembre de 2011, Tesis nº VI-P-1aS-453 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Julio de 2011, Tesis nº VII-P-1aS-240 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Mayo de 2012, Tesis nº VII-P-1aS-31 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Octubre de 2011, Tesis nº VII-J-1aS-32 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Julio de 2012, Tesis nº VI-P-1aS-399 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Febrero de 2011)
- Incidente de incompetencia territorial. Resulta fundado el promovido por el actor en contra de la Sala que acepta la competencia cuando existe declinatoria: (Tesis nº VI-P-1aS-471 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Agosto de 2011, Tesis nº VI-P-1aS-443 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Julio de 2011)
- Incidente de incompetencia por razón de territorio.- El demandado y el tercero interesado son los únicos que tienen legitimación procesal activa para interponerlo, derivado de la reforma al artículo 30 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en vigor a partir del 11 de diciembre de 2010: (Tesis nº VI-P-2aS-721 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Marzo de 2011, Tesis nº VI-J-2aS-71 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Julio de 2011, Tesis nº VI-P-2aS-737 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Abril de 2011)
- Incidente con motivo de un conflicto de competencia por razón de territorio.- Su naturaleza es de previo y especial pronunciamiento: (reforma al artículo 29, fracción I, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en vigor a partir del 11 de diciembre de 2010): (Tesis nº VI-P-2aS-717 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Marzo de 2011, Tesis nº VI-J-2aS-70 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Julio de 2011, Tesis nº VI-P-2aS-736 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Abril de 2011)
- Facultades de las Secciones de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, para conocer del incidente interpuesto con motivo de un conflicto de competencia por razón de territorio: (reformas al artículo 23, fracción VII, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, y al artículo 30 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en vigor a partir del 11 de diciembre de 2010): (Tesis nº VI-J-2aS-69 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Julio de 2011, Tesis nº VI-P-2aS-735 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Abril de 2011, Tesis nº VI-P-2aS-713 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Marzo de 2011)
- Conflictos de competencia.- Incidentes que pueden interponerse para resolverlos y procedimiento para substanciarlos: (Tesis nº VI-P-2aS-734 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Abril de 2011, Tesis nº VI-P-2aS-709 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Marzo de 2011, Tesis nº VI-J-2aS-68 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Julio de 2011)
- Competencia territorial de las Salas Regionales.- En caso de que deba atenderse a la sede de la autoridad, y no exista ordenamiento que señale su ubicación, se estará al lugar donde se emitió la resolución controvertida: (Tesis nº VI-P-1aS-418 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Abril de 2011)
- Incidente de incompetencia.- No es materia del mismo, resolver si la resolución controvertida constituye cosa juzgada: (Tesis nº VI-P-1aS-419 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Abril de 2011)
- Incidente de incompetencia en razón del territorio.- Es improcedente si con anterioridad se emitió sentencia incidental determinando la Sala Regional respecto de la cual se surte la competencia territorial para conocer del juicio: (artículo 30 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo vigente hasta el 10 de diciembre de 2010): (Tesis nº VI-J-2aS-63 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Marzo de 2011, Tesis nº VI-J-2aS-63 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Agosto de 2012)
- Incidente de incompetencia territorial.- Resulta infundado el planteado por la actora cuando lo promueve en contra de la Sala ante la cual presentó su escrito de demanda: (Tesis nº VI-P-1aS-402 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Febrero de 2011, Tesis nº VI-J-1aS-34 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Enero de 2011, Tesis nº VI-P-1aS-364 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Septiembre de 2010, Tesis nº VI-P-1aS-354 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Agosto de 2010, Tesis nº VI-P-1aS-293 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Enero de 2010, Tesis nº VI-P-1aS-276 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Noviembre de 2009)
- Recurso de reclamación.- Si al promoverse se impugna la competencia territorial de la Sala Regional, debe tramitarse como incidente de incompetencia por razón de territorio: (Tesis nº VII-P-2aS-150 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Junio de 2012, Tesis nº VII-J-2aS-15 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Septiembre de 2012, Tesis nº VI-P-2aS-706 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Marzo de 2011, Tesis nº VI-P-2aS-668 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Enero de 2011, Tesis nº VI-P-2aS-484 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Abril de 2010, Tesis nº VI-P-2aS-397 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Enero de 2010, Ejecutoria nº V-J-SS-23 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Octubre de 2003, Tesis nº V-J-SS-23 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Octubre de 2003)
- Incidente de incompetencia por razón del territorio.- Es procedente el interpuesto por la autoridad demandada, no obstante que previamente se hubiere resuelto un incidente de incompetencia planteado entre las Salas Regionales: (Tesis nº VII-P-1aS-8 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Septiembre de 2011, Tesis nº VII-P-1aS-354 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Octubre de 2012, Tesis nº VI-P-1aS-395 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Enero de 2011, Tesis nº VI-TA-1aS-30 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Mayo de 2010)
- Incidente de...
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