Tesis nº VII-P-1aS-354 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Octubre de 2012

Número de resoluciónVII-P-1aS-354
Fecha de publicación01 Octubre 2012
Fecha01 Octubre 2012
MateriaLEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año II. No. 15. Octubre 2012. p. 35
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

El artículo 30 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo señala que cuando una Sala esté conociendo de algún juicio que sea de la competencia de otra, cualquiera de las partes podrá acudir ante el Presidente del Tribunal, a fin de que se resuelva cuál Sala Regional es la competente en razón del territorio para conocer del juicio. Lo anterior se traduce en que las autoridades demandadas se encuentran plenamente legitimadas para interponer el incidente de incompetencia por razón del territorio, en los casos en que una Sala esté conociendo de algún juicio que a su consideración sea de la competencia de otra, sin que sea óbice a lo anterior el hecho de que mediante sentencia interlocutoria se haya resuelto con anterioridad un incidente de incompetencia por razón del territorio planteado entre S.R., puesto que aún y cuando en la sentencia interlocutoria se hubiere determinado a qué Sala Regional le correspondía conocer del juicio, dicha circunstancia no limita el...

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